CUMPLIDAS
Estado Acciones: Acciones evaluadas como cumplidas
Adecuación
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La documentación de esta Guía: G-RF-286-GUÍA PARA REPORTAR PÉRDIDA DE BIENES MUEBLES POR HURTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, se definen las diligencias y documentos que todo funcionario debe tramitar para reportar la pérdida de un bien devolutivo; coherencia que la hace adecuada. |
Conveniencia
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La implementación de la acción busca garantizar el cumplimiento de la Resolución de Rectoría 000747 de 2007, mediante la cual se establecen las directrices en caso de hurto de bienes devolutivos |
Eficacia
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En Junio de 2008 y en virtu de la Ley 1153 del mismo año (ley de las pequeñas causas), la Secretaria General emitio circular donde se informaba del nuevo procedimiento en caso de perdida de objetos que estuviernan en nuestro inventario. Sin embargo, esta Ley fue declarada inexequible por la Corte Constitucional en sentencia C-879 de 2008, en tal sentido, el procedimiento vigente es el que se encuentra plasmado en el artículo 29 de la Resolución 000747 de octubre de 2007 y documentado en la G-RF-286-GUÍA PARA REPORTAR PÉRDIDA DE BIENES MUEBLES POR HURTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR |
Eficiencia
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La Guía G-RF-286-GUÍA PARA REPORTAR PÉRDIDA DE BIENES MUEBLES POR HURTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, contribuye a garantizar la adecuada administración de los bienes, como mecanismo flexible de interacción con los clientes del proceso. |
Efectividad
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La Guía G-RF-286-GUÍA PARA REPORTAR PÉRDIDA DE BIENES MUEBLES POR HURTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, y la difusión hecha, proporciona una ruta que orienta a los funcionarios con bienes a cargo, sobre la forma de actuar y la necesidad de darle cumplimiento a la normatividad, como un mecanismo de control requerido por tratarse de bienes públicos. |
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