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INSTRUCTIVO PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS PRODUCTOS GENERADOS EN LOS PROYECTOS

Código: I-IN-795
Versión: 4
Emisión: 2024-02-01

PROCESO INVESTIGACIóN

OBJETIVO
Fortalecer la cultura de la propiedad intelectual en la Universidad de Caldas, a través de la protección de los resultados de proyectos de diferente tipo.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

Los docentes y estudiantes que inscriban un proyecto, deberán suscribir en la respectiva vicerrectoría o facultad, un acta de propiedad de intelectual antes de iniciar el proyecto, conforme a la reglamentación institucional. Dicha acta es un insumo para obtener un inventario de los activos intangibles de la Universidad que se generan a través de las diferentes modalidades de proyectos. Será responsabilidad de la Oficina de Innovación y Proyectos, identificar a partir de los productos derivados de los resultados de proyectos, aquellos que sean susceptibles de ser protegidos a través de la propiedad intelectual.

Igualmente, le corresponde a dicha oficina actualizar el inventario de activos intelectuales, referidos en las actas de propiedad intelectual de cada proyecto inscrito.

DEFINICIONES Y TÉRMINOS: 

 

  • PROPIEDAD INTELECTUAL: 

La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.

 

  • DERECHOS DE AUTOR: 

La expresión derecho de autor se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que abarca el derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las publicidades, los mapas y los dibujos técnicos.

 

  • DERECHOS MORALES: 

Los derechos morales son derechos personalísimos, a través de los cuales se busca salvaguardar el vínculo que se genera entre el autor y su obra, en tanto ésta constituye la expresión de su personalidad. En tal carácter, los derechos morales son inalienables, inembargables, intransferibles e irrenunciables.

 

  • DERECHOS PATRIMONIALES: 

Son prerrogativas de naturaleza económico - patrimonial, con carácter exclusivo, que permiten a su titular controlar los distintos actos de explotación de que la obra puede ser objeto. Lo anterior implica que todo acto de explotación de la obra, amparado por un derecho patrimonial, deberá contar con la previa y expresa autorización del titular del derecho correspondiente, quien podrá señalar para tal efecto las condiciones onerosas o gratuitas que tenga a bien definir, en ejercicio de su autonomía privada.

 

  • PROPIEDAD INDUSTRIAL:

Es el derecho de dominio que otorga el ordenamiento jurídico sobre un conjunto de bienes intangibles que tienen su importancia en razón de su aplicación en la industria, el comercio y los servicios. Son bienes amparados por la propiedad industrial: Las invenciones, sean de productos o de procedimientos, modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, secretos empresariales e industriales, signos distintivos que comprendan las marcas, lemas comerciales, rótulos, indicaciones geográficas (denominaciones de origen e indicaciones de procedencia).

  

  • ACTA DE PROPIEDAD INTELECTUAL: 

Es un documento  requisito para la suscripción de los proyectos de la Universidad de Caldas, mediante la cual  se identifica si el resultado  de la  investigación propiamente dicha  es un producto susceptible de ser protegido por derechos de autor o por propiedad industrial, asimismo,  contempla los porcentajes de  participación de los autores y/o inventores en los derechos patrimoniales del desarrollo u obra, así como las fuentes de financiación de acuerdo a los grupos de interés.

  

  • Ley 23 de 1982 y ley 1915 de 2018: ley de derechos de autor en Colombia.
  • Decisión Andina 351 de 1993: Régimen común de derecho de autor y derechos conexos.
  • Decisión Andina 486 de 2000: régimen común de propiedad industrial.
  • DNDA: Dirección Nacional de Derechos de Autor
  • CATI: Centro de Apoyo a la Tecnología y la Innovación
  • SIPI:Sistema de información de propiedad industrial
  • http://www.wipo.int/about-ip/es/
  • http://www.wipo.int/copyright/es/
  • http://derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#1
  • http://derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#1 

 


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio    
2 Diligenciar acta de propiedad intelectual Docente y/o estudiante Al momento de suscribir un proyecto, el docente o estudiante deberá diligenciar el acta de propiedad intelectual donde se determinará a que resultados se compromete en el desarrollo del proyecto.

Tiempo: 3 días

Ver Registro(FORMATO DE ACTA DE PROPIEDAD INTELECTUAL)
3 Revisar y aprobar acta de Propiedad Intelectual diligenciada Profesional Universitario Oficina de Innovación y Proyectos El Profesional Universitario, especialista en propiedad intelectual de la Oficina de Innovación y Proyectos deberá revisar el Acta de Propiedad Intelectual antes de su inscripción en la respectiva Vicerrectoría, Facultad, Instituto o Centro de Tecnología

Tiempo: 3 días
4 Inscribir el proyecto Docente o Investigador principal El docente y/o estudiante, una vez revisada el acta de propiedad intelectual, adjuntará dicha acta a la documentación requerida para la inscripción del proyecto en la instancia respectiva.

Tiempo: 3 días
5 Identificar los productos susceptibles de protección por propiedad intelectual
Profesional Universitario Oficina de Innovación y Proyectos El docente y/o estudiante, antes de realizar el cierre del proyecto ante la respectiva Vicerrectoría, facultad, instituto o centro, deberá dirigirse a la Oficina de Innovación y proyectos donde el Profesional Universitario Especialista en propiedad intelectual verificará los entregables, determinando cuales son susceptibles de protección por medio de la propiedad intelectual.

Tiempo: 3 días
6 Asesorar sobre el tipo de protección en propiedad intelectual Profesional universitario Oficina de Innovación y Proyectos La Oficina de Innovación y Proyectos asesorará al docente y/o estudiante si se debe realizar un registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, o si es materia de propiedad industrial ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC.
En caso de tratarse de una solicitud de invención ante la SIC, se deberá apoyar en el diligenciamiento del formato de propuesta de invención para ser presentado ante el Comite de Propiedad Intelectual de la Universidad.

Tiempo: 3 días

Registro: Formato para propuesta de invención.
7 Expedir constancia de propiedad intelectual y estado del tramite de registro Profesional universitario Oficina de Innovación y Proyectos El Profesional Universitario expedirá una constancia donde indique que el docente o investigador cumplió con lo pactado en el acta de propiedad intelectual y el estado actual del trámite de protección de los mismos. Dicha constancia se remitirá al respectivo centro de gastos y servirá para dar cierre al proyecto.

Tiempo: 3 días
8 Determinar viabilidad de la propuesta de invención Comité de Propiedad Intelectual El formato de propuesta de la invención se presenta ante el Comité de Propiedad Intelectual en donde se determina su viabilidad y conveniencia para la Universidad. Posterior a esto, se realiza la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y se genera un acta de dicho comité con la decisión y las observaciones

Si el Comité decide que no se debe presentar la solicitud, el proceso de solicitud de patente se termina.

Tiempo: 2 días.

Registro: Propuesta de invención.
Acta del Comité de propiedad intelectual

9 Asignar presupuesto Vicerrectoría, Facultad, Instituto o Centro Si el Comité decide que se debe realizar la solicitud de protección, la respectiva vicerrectoría, facultad, instituto o centro deberá asignar el presupuesto correspondiente a las tasas vigentes en la Superintendencia de Industria y Comercio. Para el caso de registros ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor no se requiere realizar el pago de tasas.

Tiempo: 3 días
10 Realizar contrato de Cesión de Derechos patrimoniales Profesional universitario Oficina de Innovación y Proyectos La Oficina Asesora de Rectoría en Innovación y Proyectos deberá realizar el contrato de Cesión de Derechos patrimoniales y gestionar las firmas según corresponda.

Tiempo: 5 días

Registro: Contrato sesión de derechos patrimoniales
11 Realizar registro en el sistema de información Profesional Universitario Oficina Asesora de Rectoría en Innovación y Proyectos Se realiza el registro de la solicitud en la plataforma del Sistema de información de propiedad industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, o en la página de la Dirección Nacional de Derechos de Autor según corresponda

Tiempo: 2 días

http://sipi.sic.gov.co/sipi/Extra/IP/PT/Keyin.aspx?sid=636586035984942089
12 Acompañar el proceso de transferencia tecnológica Profesional Universitario Oficina Asesora de Rectoría en Innovación y Proyectos La Oficina Asesora de Rectoría en Innovación y Proyectos acompañará al investigador principal en proceso de transferencia tecnológica con el sector productivo.

Tiempo: De acuerdo a solicitud del investigador
13 Fin    

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG Serie Archivo
FORMATO DE ACTA DE PROPIEDAD INTELECTUAL
OFICINA DE INVESTIGACION
R-2701-I-IN-795-

ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS JEFE DE OFICINA - OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS VICERRECTOR DE UNIVERSIDAD - VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADOS

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
4Se actualiza de versión el formato de acta de propiedad intelectual. 2024-02-01
3Se actualiza el Formato de acta de propiedad intelectual, según lo establecido en el Acuerdo 034 de 2021 - Estatuto de Propiedad Intelectual.2023-11-24
2Modernización de la imagen del SIG.2019-10-17
1Versión inicial2018-05-03



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