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INSTRUCTIVO PARA EL TRÁMITE DE INCAPACIDADES

Código: I-GH-857
Versión: 1
Emisión: 2019-12-19

PROCESO GESTIóN HUMANA

OBJETIVO
Establecer las directrices generales para la presentación y trámite de las incapacidades medicas originadas por enfermedad general, accidente de trabajo o enfermedad laboral, licencias de maternidad y paternidad de los funcionarios de la Universidad de Caldas, con el fin de obtener un procedimiento efectivo ante las Empresas Promotora de Salud (E.P.S.) y administradora de Riesgos Laborales (A.R.L), garantizando el pago de las prestaciones económicas con base en lo establecido en el artículo 121 del Decreto ley 019 de 2012.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 

Incapacidad: Se entiende la incapacidad por enfermedad general, como un estado de inhabilidad física o mental para que una persona desempeñe sus funciones laborales, originada en un accidente o enfermedad de origen común no profesional.

 

Certificado de Incapacidad: Es el único documento legalmente valido para justificar la ausencia y garantizar el pago de prestaciones económicas. Procede con certificado expedido o transcrito por la empresa promotora de salud (EPS)  a la cual se encuentra afiliado el empleado público. El artículo 2.7.2.2.1.3.3 del Decreto 780 del 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Salud) dispone que deben contener, como mínimo:

 

  • Papelería membreteada correspondiente a la EPS, IPS o médico particular que expide la incapacidad.

 

  • Fecha de expedición de la incapacidad.

 

  • Código diagnóstico clínico o nombre completo (Ejemplo: J039).

 

  • Nombres, Apellidos - Tipo y documento de identidad del paciente. 

 

  • Fecha de inicio y fecha de Fin.

 

  • Días de incapacidad en número y/o letras.

 

  • Tipo de incapacidad: Ambulatoria, hospitalaria, cirugía, urgencia.

 

  • Riesgo que origina la incapacidad.

 

  • Contingencia-origen:(Enfermedad General, Accidente de Trabajo, Enfermedad Profesional o Licencias).

 

  • Firma del médico que expide la incapacidad.

 

  • Registro médico.

 

 

Transcripción de Incapacidad: La transcripción es un procedimiento en el que la E.P.S. valida técnica y científicamente la pertinencia de generar una incapacidad que le fue otorgada a uno de sus afiliados en papelería No oficial, debido a que se llevó a cabo en atención por urgencias, hospitalización, SOAT o cuando la misma haya sido otorgada por red externa adscrita a su EPS.

 

Para proceder con el trámite de  reconocimiento de prestaciones económicas es necesario precisar que la trascripción de incapacidades sigue siendo parte de los tramites que están a cargo del Afiliado, no de los aportantes (Concepto 201411200152351 del Ministerio de Salud y Protección  Social), a fin de mantener la reserva legal de la historia clínica con base en lo dispuesto en la Resolución 1995 de 1999 ARTÍCULO 14: “ACCESO A LA HISTORIA CLÍNICA. Podrán acceder a la información contenida en la historia clínica, en los términos previstos en la Ley: 1) El usuario. 2) El Equipo de Salud. 3) Las autoridades judiciales y de Salud en los casos previstos en la Ley. 4) Las demás personas determinadas en la ley.

 

La incapacidad medica en papelería original y según las formalidades establecidas por la respectiva EPS, es el único soporte legal valido para justificar la ausencia y poder realizar la gestión de cobro de las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad.

 

Liquidación de prestaciones económicas: La liquidación efectuada tendrá en cuenta los siguientes criterios: Cuando las incapacidades superan los dos días, el funcionario no recibe salario, percibe un auxilio por enfermedad general y dicho pago es asumido por la EPS. Los dos (2) primeros días de una incapacidad los asume el empleador en un cien por ciento (100%), a partir del día tercero (3) y hasta el día noventa (90), el auxilio por enfermedad general equivale a las 2/3 partes del ingreso base de cotización (IBC) para salud, a partir del día noventa y uno (91) hasta el día ciento ochenta (180) equivale al cincuenta por ciento (50%) del IBC. A partir del día 181 y hasta el día 360 o 540 si hay concepto de no rehabilitación, el Fondo de Pensiones asume el pago del subsidio por incapacidad, que es el equivalente a la incapacidad que venía pagando la EPS.

 

 Incapacidad por enfermedad general. Para el reconocimiento y pago de la prestación económica de la incapacidad por enfermedad general, conforme a las disposiciones laborales vigentes, se requerirá que los afiliados cotizantes hubieren efectuado aportes por un mínimo de cuatro (4) semanas. No habrá lugar al reconocimiento de la prestación económica de la incapacidad por enfermedad general con cargo a los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando éstas se originen en tratamientos con fines estéticos o se encuentran excluidos del plan de beneficios y sus complicaciones. (Art. 81 del Decreto 2353 de 2015)

 

En casos de accidente de tránsito se deberá adjuntar evaluación inicial del seguro obligatoria de accidente de tránsito (SOAT), reporte de accidente, croquis expedido por la autoridad competente.

 

Incapacidad por Accidente laboral o enfermedad profesional:  El sistema de riesgos Laborales Administradores de Riesgos laborales reconocerán las incapacidades temporales desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o la enfermedad diagnosticada como laboral, el valor que el empleado reciba por incapacidad, será igual al 100% de salario base de cotización. La incapacidad emitida debe ser enviada en original a la Oficina de Gestión Humana que a su vez hará el recobro ante la ARL.

 

 A fin de salvaguardar la reserva legal de la historia clínica según lo estipulado en la Resolución 1995 de 1999 (Art 1 y 14), y articulo 10 de la ley estatutaria 1751 de 2015, el funcionario incapacitado deberá realizar el proceso de transcripción de su incapacidad cuando la atención sea recibida en una IPS o urgencias que no esté adscrita a su EPS.

 

Licencia de Maternidad: La Ley 1822 de 2017 establece que Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de diez y ocho (18) Semanas en la época de parto remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia. La trabajadora que haga uso de la licencia en la época del parto tomara las diez y ocho (18) semanas de licencia a las que tiene derecho de la siguiente manera: a) Licencia de maternidad preparto, esta será de (1) semana con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre requiere una semana adicional previa al parto podrá gozar de dos (2) semanas con diez y seis (16) de posparto.

 

Para el tramite respectivo de licencia de maternidad o paternidad, será necesario aportar a la EPS historia clínica de la madre con fecha de parto y registro civil de nacimiento del menor.

 

Licencia de Paternidad: El cónyuge o compañero permanente tiene derecho a ocho días (8) hábiles de licencia remunerada de paternidad en época inmediatamente posterior al nacimiento del hijo. La licencia de paternidad está a cargo de la EPS en un cien por ciento (100%), para lo cual se requerirá que el padre haya cotizado durante las semanas correspondientes al periodo de gestación, en los términos que se reconoce la licencia de maternidad.


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 INICIO    
2 Informar sobre estado de incapacidad Funcionario Una vez generada la incapacidad se debe comunicar al jefe inmediato.

Tiempo: Permanente

Registro(Comunicación del Funcionario Informando sobre su Incapacidad)
3 Remitir Certificado de Incapacidad. Funcionario El funcionario reporta a su Jefe Inmediato y a la Oficina de Gestión Humana el certificado de Incapacidad o Licencia. Si la atención fue recibida por la I.P.S o urgencias no adscrito a la E.P.S, le corresponderá al funcionario incapacitado realizar el trámite de trascripción, dado que para dicho proceso es necesario adjuntar la historia clínica del trabajador.

En caso de Licencia de Maternidad, Paternidad, Accidentes de trabajo o SOAT, adjuntar los documentos pertinentes.

Tiempo: Dentro de los 3 días hábiles siguientes a partir de que se le haya otorgado una incapacidad oficial.

Registro(Certificado de Incapacidad en papel oficial de la EPS.)
4 Registrar la novedad. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana Se registra la novedad de la incapacidad o licencia en el sistema (SARA) de la Universidad de Caldas para que haga parte del proceso de interface para el trámite contable.

Así mismo se registra las incapacidades en la plataforma de la ARL Positiva y el archivo de Excel de manera detallada con los datos necesarios para llevar a cabo un efectivo control y procedimiento interno entre las dependencias de Gestión Humana – Financiera – Tesorería y Seguridad y Salud en el trabajo.

Tiempo: Permanente.

Registro(Reporte de liquidación con cuentas por cobrar (cxc) a EPS)
5 Enviar reportes a la oficina de SG-SST. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana Profesional Universitario De la oficina de Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el trabajo. Elaborar reporte a la oficina de Seguridad y Salud en el trabajo (SGSST), para el seguimiento, control y acciones de mejora que permitan identificar y disminuir los índices de ausentismo por enfermedad general, enfermedad laboral y accidentes de trabajo, con el objetivo de cumplir con el indicador.

Ver I-GH-827-INSTRUCTIVO PARA LA INTERVENCIÓN DEL AUSENTISMO LABORAL

Tiempo: 10 primeros días de cada mes

Registro(Planilla de control de incapacidades vía email.)
6 Radicar solicitud ante las EPS Y ARL. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Solicitar transcripción ante la EPS en los casos puntuales a que haya lugar, remitiendo diligenciado el formato que cada una disponga para este fin, adjuntado los soportes requeridos según el tipo de licencia o incapacidad.

Radicar solicitud de reconocimiento de las prestaciones económicas a que hubiere lugar ante las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y Administradora de Riesgos laborales en los puestos autorizados o en la plataforma virtual según lo disponga cada EPS o ARL

Tiempo: Permanente.

Registro(Oficio y certificado de incapacidad con evidencia de radicado. )
7 Efectuar seguimiento y Gestión de cobro. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Realizar el proceso de seguimiento y gestión de cobro para el reconocimiento y pago de la prestación económica a cargo de la EPS O ARL sobre la incapacidad causada por enfermedad general, enfermedad o accidente laboral, licencia de maternidad o paternidad conforme a los parámetros exigidos por cada EPS O ARL y las disposiciones normativas legales vigentes.

Tiempo: Permanente.

Registro(Certificado de incapacidad y oficio de formato físico o virtual de solicitud de cobro radicado de la EPS o ARL.)
8 Verificar reconocimiento de prestación económica. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Verificar las solicitudes de reconocimiento económico de incapacidades o licencias si la EPS las reconoce. Si no las reconoce interponer derecho de petición ante la EPS y hacer seguimiento de la respuesta.

Tiempo: Trimestral

Registro(Derecho de petición)
9 Correr interface de nómina a la oficina financiera Auxiliar administrativo Oficina Financiera Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Correr interface de nómina en el Sistema de Gestión Financiero (SGF) donde quedan registradas las cuentas por cobrar (cxc) a la EPS o ARL respectiva.

Para lo anterior, a la nómina se le debe anexar la relación de las cuentas por cobrar (cxc) a terceros por cada EPS o ARL detallando cada funcionario que causo la cuenta a terceros.

Tiempo: trimestral

Registro(Base de datos y comprobantes del Sistema de Gestión Financiero (SGF) de la Universidad de Caldas.)
10 Generar cuentas contables. Auxiliar administrativo Oficina Financiera Profesional especializado Oficina Financiera Generar oficio de las cuentas contables No 13842601 – 13842602 – 13842603, correspondiente a los saldos que reflejan los estados financieros con corte al 30 de cada mes, y los envía a la Oficina de Gestión humana.

Tiempo: Según instructivos de Gestión Financiera.

Registro(Oficio de estados financieros cuentas contables:13842601 13842602 - 13842603)
11 Actualizar los extractos bancarios Auxiliar administrativo Oficina de Tesorería Cargar semanalmente los extractos bancarios de la cuenta de incapacidades en el Sistema de Gestión Financiero y actualizarlo en la carpeta compartida con Gestión Humana, con el fin de identificar los ingresos pertenecientes a este rubro.

Tiempo: Según instructivos de Gestión Financiera.

Registro(Extractos bancarios)
12 Convalidar extractos bancarios con transacciones de EPS o ARL. Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Identificar los ingresos provenientes del reconocimiento económico por parte de la EPS O ARL, y reporta a tesorería mediante informe mensual (los primeros 5 días de cada mes) los valores recuperados.

Nota: Es importante identificar si el ingreso de la transacción, pertenece a recuperaciones, accidente de trabajo o enfermedad laboral, licencia de paternidad o maternidad o enfermedad general.

Tiempo: Según instructivos de Gestión Financiera.

Registro(Informe de Valores consignados a la Universidad de Caldas.)
13 Registro contable. Auxiliar administrativo Oficina de Tesorería Convalidar la información reportada por parte de la oficina de Gestión humana y registrar contablemente los ingresos, verificando consistencia frente a los extractos bancarios y las cuentas por cobrar causadas.

Tiempo: Según instructivos de Gestión Financiera.

Registro(Informe - Registro en SGF)
14 Contrastar, analizar y efectuar conciliaciones inter-áreas Auxiliar administrativo Oficina Financiera Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Recopilar ante la EPS o ARL reporte detallado de los pagos efectuados el mes anterior, y verificar que se encuentre liquidado las incapacidades o licencias radicas que generaron derechos ciertos a la Universidad.

Realizar la conciliación permanente de la cartera por cada una de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) o Administradora de Riesgos Laborales (ARL) cotejando los ingresos que recibe la Universidad con el fin de realizar las siguientes acciones:

- Identificar la EPS o ARL que genero la Transacción.
- La cuenta contable a la que pertenece el ingreso.
- El funcionario a quien se le genero la incapacidad.
- Fecha y valor de la transacción.
- Periodo de nómina sobre la cual se causó la cuenta por cobrar.
- Verificar que la consignación realizada por la EPS o ARL corresponda al valor causado contablemente.
- Contrastar si abona total o parcialmente la cuenta por cobrar.
- Identificar si hace falta pagos por parte de la EPS o ARL.
- Realizar registro en el Sistema de Gestión Financiero
- Actualizar cuentas para un balance real.

Tiempo: Los 3 primeros días de cada mes

Registro(Acta o bitácora - Formatos de Conciliaciónes - Registro en el Sistema de Gestión Financiera - Actualización planilla de control de incapacidades)
15 Acciones legales pertinentes Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana. Efectuar seguimiento de las cuentas por cobrar correspondientes a licencias o incapacidades que no fueron reconocidas por la EPS o ARL, recolectar documentos, soportes, oficios, derechos de petición interpuestos, quejas, respuestas, entre otros… para iniciar proceso de cobro Jurídico ante la EPS o ARL y todas las acciones legales a que haya lugar.

Tiempo: Trimestral.

Registro(Licencias, incapacidades, documentos, soportes, oficios, derechos de petición interpuestos, quejas, respuestas, entre otros. )

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG Serie Archivo
Acta o bitácora - Formatos de Conciliaciónes - Registro en el Sistema de Gestión Financiera - Actualización planilla de control de incapacidades
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Base de datos y comprobantes del Sistema de Gestión Financiero (SGF) de la Universidad de Caldas.
DIVISION FINANCIERA
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Certificado de Incapacidad en papel oficial de la EPS.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Certificado de incapacidad y oficio de formato físico o virtual de solicitud de cobro radicado de la EPS o ARL.
DIVISION FINANCIERA
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Comunicación del Funcionario Informando sobre su Incapacidad
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Derecho de petición
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
--
Extractos bancarios
DIVISION FINANCIERA
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Informe - Registro en SGF
TESORERIA
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Informe de Valores consignados a la Universidad de Caldas.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Licencias, incapacidades, documentos, soportes, oficios, derechos de petición interpuestos, quejas, respuestas, entre otros.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
--
Oficio de estados financieros cuentas contables:13842601 13842602 - 13842603
DIVISION FINANCIERA
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Oficio y certificado de incapacidad con evidencia de radicado.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Planilla de control de incapacidades vía email.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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Reporte de liquidación con cuentas por cobrar (cxc) a EPS
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
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ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL UNIVERSITARIO - OFICINA GESTIÓN HUMANA JEFE DE OFICINA - OFICINA GESTIÓN HUMANA JEFE DE OFICINA - OFICINA GESTIÓN HUMANA



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