DESARROLLO:
PRESTAMO DE ESPACIOS FÍSICOS
Este servicio se ofrece a toda la comunidad, previa solicitud de préstamo del espacio físico (áreas comunes). Para su aprobación se tienen en cuenta criterios como: uso del espacio, horario, tiempo del préstamo y disponibilidad del espacio. Si el préstamo es solicitado por particulares o personas externas a la Universidad, se debe cancelar en el banco respectivo, el valor correspondiente por cada metro cuadrado utilizado, de acuerdo a los parametros establecidos por la Oficina de Planeación y Sistemas.
Los escenarios de la sede central, a cargo del área de Extensión Cultural como auditorios, teatro y salas, se prestan para la realización de actividades académicas, culturales, artísticas y eventos especiales, de empresas externas y particulares así como a las diferentes dependencias de la Universidad, previa solicitud.
El préstamo a empresas externas o particulares tiene una tarifa fijada por Rectoría de acuerdo a parámetros establecidos por la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas de la Universidad. El cobro se hace por cada hora de uso, por jornada de 4 horas y de 8 horas de acuerdo a las necesidades del cliente.
El cliente realiza la consignación en la Entidad Bancaria asignada por la Universidad. El recibo de consignación debe presentarse en el área de Extensión Cultural.
AUTORIZACIÓN DE INGRESO EN HORARIOS EXTRAORDINARIOS:
Los docentes, administrativos y estudiantes pueden solicitar ingreso a las instalaciones de la Universidad en horarios extraordinarios, los cuales comprenden: los días domingos y festivos en cualquier horario y de lunes a sábado entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m. , previo el visto bueno del responsable de la dependencia o actividad a ejecutarse.
La solicitud se revisa para verificar que contenga toda la información requerida, se estudia, se aprueba o se rechaza, y culmina con el registro y entrega en medio físico o magnético al personal de seguridad, quienes permitirán el ingreso sólo a las personas autorizadas por Servicios Generales.
Las solicitudes para el ingreso los días domingos y festivos se reciben hasta el día viernes de cada semana a las 4:00 p.m.
REPORTE DE PERDIDA DE BIENES POR HURTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR:
La pérdida de bienes por hurto, caso fortuito o fuerza mayor, se presenta cuando aquellos bienes que habiendo estado en servicio o en el almacén han desaparecido y se ha declarado la imposibilidad de su recuperación como consecuencia de los eventos citados, caso en el cual se deberá agotar los trámites legales, administrativos y contables a que haya lugar. En cualquiera de los casos comprobados de hurto o pérdida, caso fortuito o fuerza mayor, se deberá realizar la baja definitiva de los bienes en los correspondientes registros administrativos y contables.
El funcionario con el bien a cargo debe:
1. Presentar la denuncia penal ante las autoridades competentes(en la estación de policía más cercana en una Unidad de Reacción Inmediata “URI” de la Fiscalía General de Nación), dentro de las 48 horas siguientes al conocimiento del suceso, indicando todas las características del bien registrado en el Sistema de Inventario de la Universidad.
2. Dar aviso a Inventarios, Vicerrectoría Administrativa y Control Interno Disciplinario, adjuntando copia de la respectiva denuncia.
3. En caso de detectarse de manera posterior a la denuncia otros faltantes, correspondientes al mismo hecho, se debe ampliar la denuncia y enviar copia a las oficinas mencionadas.
4. Manifestar voluntariamente y por escrito al Comité Administrador de Bienes, el interés de responder o pagar el bien perdido, en las condiciones y fechas aceptadas por la Universidad.
5. Pagar el valor no reconocido por la aseguradora (deducible) en la indemnización, una vez se emita pronunciamiento por parte de la Oficina de Control Interno Disciplinario sobre la responsabilidad de la persona.
6. Para efectos de la reclamación ante la compañía de seguros, la persona responsable del bien hurtado, deberá adjuntar los siguientes documentos: copia del denuncio respectivo, dos (2) cotizaciones de un equipo idéntico o equivalente, copia de la factura histórica o acta de ingreso a inventario, donde se indique claramente las características del equipo hurtado, valor y fecha, documento que deberá estar firmado por el responsable. |