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Guía para la evaluación del desempeño laboral y evaluación y análisis de gestión |
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| PROCESO | GESTIóN HUMANA |
| OBJETIVO |
| Efectuar el seguimiento y evaluación al desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa de acuerdo con su cargo y nivel (evaluación de desempeño), provisionales, libre nombramiento y remoción y planta temporal (evaluación y análisis de gestión), de conformidad con sus responsabilidades y cumplimiento de sus funciones en el cargo asignado, basados en los objetivos de desempeño, productividad y conducta laboral, para los empleados de carrera administrativa y para los servidores públicos en provisionalidad, planta temporal y libre nombramiento y remoción en competencias basados en su nivel de desarrollo. |
| POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN | ||||||||||||||||
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CONTENIDO I. Normativa
II. Definiciones
III. Evaluación de Desempeño
IV. Evaluación y Análisis de la Gestión
V. Evaluación de Desempeño y Análisis de la Gestión del Rector
I. NORMATIVA
II. DEFINICIONES
Evaluación: Estimar de forma permanente los conocimientos, destrezas, actitudes, habilidades, aptitudes y rendimiento de los evaluados durante el período respectivo.
Concertación de objetivos: Acuerdos sobre los resultados finales esperados que debe entregar el servidor público de carrera administrativa en el marco de sus funciones, los planes de desarrollo, planes institucionales, planes operativos anuales, planes por dependencia, objeto de la dependencia, propósito principal del empleo y demás herramientas con que cuente la entidad, los cuales deben establecerse mediante un proceso de construcción entre el evaluado y evaluador.
Análisis de gestión: Proceso mediante el cual se valoran características, conductas personales y laborales del servidor público provisional, planta temporal y de libre nombramiento y remoción, con respecto a su desempeño.
Productividad laboral: Es una medida de eficiencia en el trabajo, que permite hacer uso adecuado de recursos para efectuar labores con calidad y oportunidad aplicando destrezas y conocimientos.
Conducta laboral: Conjunto de acciones que permiten al servidor público actuar frente al desarrollo y ejecución de las funciones propias de un cargo.
Competencias laborales: Son aquellos conocimientos y habilidades que tiene un servidor público para responder ante una tarea o actividad en el ámbito del trabajo.
III. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL
Es una herramienta de gestión objetiva y permanente, encaminada a valorar las contribuciones individuales y el comportamiento del evaluado, midiendo el impacto positivo o negativo en el logro de las metas institucionales. Esta evaluación de tipo individual permite así mismo medir el desempeño institucional.
Actores del proceso de evaluación del desempeño:
Los evaluadores y evaluados, deberán:
Comisión de personal, deberá:
Velar porque los procesos de evaluación a los empleados de carrera se realicen conforme a las normas legales, de conformidad con el artículo 26 del Acuerdo 14 del 2010 Estatuto Administrativo y de Carrera de la Universidad de Caldas.
FASES DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO:
El proceso de evaluación del desempeño laboral se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:
Las actividades están enmarcadas en cuatro etapas de evaluación y es responsabilidad de las partes intervinientes evaluador y evaluado, procurar por el cumplimiento de las diferentes etapas del proceso dentro de los plazos establecidos mediante circular emitida por la Oficina de Gestión Humana.
PRIMERA FASE Concertación de Objetivos
A través de correo electrónico la Oficina de Gestión Humana mediante circular informa sobre los lineamientos para concertación de objetivos y la fecha en que deben ser entregados por el evaluador a la Oficina de Gestión Humana.
La concertación de objetivos se realiza entre el 1° y el 28 de febrero de cada año, en la que se definen los compromisos para el período comprendido entre el primero (1°) de febrero de año en curso y el treinta y uno (31) de enero del año siguiente.
Los objetivos a concertar son:
Formato: Evaluación de desempeño laboral- Concertación de objetivos.
Situaciones especiales que se pueden presentar durante la concertación de objetivos:
1. No concertación de objetivos
Por ausencia de consenso entre el evaluado y el evaluador para la concertación los objetivos:
Por ausencia de concertación de los objetivos por omisión del Evaluador:
Por oposición del Evaluado en la concertación de objetivos:
2. Reclamación por inconformidad del evaluado respecto a los objetivos establecidos
3. Modificación de los objetivos concertados
Durante el período de evaluación anual los objetivos concertados podrán modificarse por alguna de las siguientes situaciones:
NOTA: No procede la modificación de los objetivos cuando hay cambio de evaluador durante el periodo anual; sin embargo, el anterior evaluador deberá realizar una evaluación eventual antes del retiro del cargo.
SEGUNDA FASE Seguimiento semestral al logro de dichos objetivos
Consiste en la verificación que realiza el evaluador del avance, cumplimiento o incumplimiento de los objetivos durante la totalidad del período de evaluación.
TERCERA FASE Evaluaciones parciales y eventuales
Evaluaciones parciales: Permiten evidenciar el porcentaje de avance del evaluado en relación con el cumplimiento de los objetivos concertados y los factores de desempeño, se realizan dos (02) al año, así:
Evaluaciones eventuales: Son las que se generan por las siguientes situaciones:
a. Por cambio de Evaluador por retiro del servicio, quien deberá evaluar a los empleados de carrera a su cargo antes de retirarse.
b. Por traslado o reubicación de puesto de trabajo del evaluado, la evaluación deberá realizarse antes de que se efectué tal movimiento.
c. Cuando el empleado de carrera administrativa deba separarse temporalmente del ejercicio de las funciones del cargo por suspensión, licencias no remuneradas, licencias de maternidad, incapacidades siempre y cuando el término de duración de estas situaciones administrativas sea superior a treinta (30) días calendario.
d. Cuando una dependencia no cuente con jefe en un periodo de máximo 30 días, el jefe inmediato entrante debe evaluar ese tiempo y con base en evidencias debe hacer la evaluación de los empleados a su cargo.
e. Si el término durante el cual la dependencia se encuentra sin jefe inmediato es superior a 30 días, le corresponde al superior jerárquico del evaluador realizar dicha evaluación basado en las evidencias, entregadas por el evaluado.
f. Las evaluaciones que no se realizaron por el evaluador cuando estaba en servicio activo, deberán ser realizadas por el superior jerárquico de este, asumiendo el periodo que se encuentre sin evaluar, con base en las evidencias aportadas por el evaluado.
g. La situación administrativa de vacaciones no suspende los términos para efectuar la evaluación del desempeño. Esta se deberá efectuar ya sea antes del inicio del periodo de vacaciones o una vez se produzca el reintegro del funcionario del periodo de vacaciones siempre y cuando esta fecha esté dentro del lapso establecido para efectuar la evaluación.
Término para realizar las evaluaciones eventuales: Las evaluaciones eventuales deben producirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del momento en que se presente la situación que la origina, con excepción de la ocasionada por cambio de evaluador, la cual se realizará antes del retiro de éste.
Formatos:
CUARTA FASE Calificación definitiva
Definición: El resultado final de la evaluación de desempeño será la calificación correspondiente al período anual, comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de enero del año siguiente y corresponde a la sumatoria de los porcentajes obtenidos por el Evaluado en las evaluaciones parciales semestrales y en las eventuales cuando se hubieren presentado.
Escala de Calificación: La calificación del desempeño anual corresponde a los siguientes niveles: sobresaliente, superior, satisfactorio, adecuado e insatisfactorio, de acuerdo con el porcentaje asignado por el evaluador así:
Los resultados de las evaluaciones deberán tenerse en cuenta, entre otros aspectos, para:
Consecuencias de la calificación en el nivel no satisfactorio
Pasos para realizar la evaluación de desempeño definitiva:
Notificación:
La/el profesional universitaria/o de la Oficina de Gestión Humana encargada/o del proceso de evaluación del desempeño notificará la calificación final de la siguiente manera:
Formatos: Formato autorización notificación por medios electrónicos
Recursos contra la calificación definitiva de la evaluación de desempeño:
Recursos contra las evaluaciones parciales: Contra de las evaluaciones parciales semestrales y eventuales no procede recurso alguno, debido a que son estados de avance de la gestión del empleado.
Impedimentos y Recusaciones
Trámite de los Impedimentos:
- El evaluador al advertir alguna de las causales de impedimento, lo manifestará por escrito motivado al Rector, quien mediante acto administrativo motivado decidirá sobre el impedimento.
- En caso de aceptación del impedimento el Rector designará un evaluador ad hoc y en el mismo acto ordenará la entrega de los documentos que hasta la fecha obren sobre el desempeño laboral del empleado a evaluar.
- La declaración de impedimento deberá formularse y decidirse antes de efectuar la calificación de la evaluación parcial semestral y/o definitiva.
- El integrante al advertir alguna de las causales de impedimento, lo manifestará por escrito motivado al rector, quien decidirá, mediante acto administrativo motivado y designará al empleado que lo ha de reemplazar si fuere el caso.
- Cuando el impedimento recaiga sobre alguno de los representantes de los empleados, así lo manifestará a los demás miembros de la comisión de personal, quienes en la misma sesión decidirán si el impedimento es o no fundado. En caso afirmativo, lo declararán separado del conocimiento del asunto y designarán al suplente. Si fuere negativa, podrá participar en la decisión del asunto.
Trámite de las Recusaciones
NOTA: El impedimento o la recusación deberán formularse y decidirse antes de que inicie el proceso de evaluación. Contra las decisiones que resuelvan el impedimento o la recusación no procederá recurso alguno.
PARTICULARIDADES EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
1. Ausencia de la evaluación del desempeño laboral en las fechas establecidas por la Oficina de Gestión Humana.
2. Concertación de objetivos y evaluación de desempeño de empleados de carrera administrativa que se encuentran desempeñando otro cargo bajo la figura de encargo o comisión para desempeñar un cargo de LNR.
Encargo en un empleo público de la planta global o temporal:
El empleado de carrera administrativa deberá concertar los objetivos con su jefe inmediato entre el 1° y el 28 de febrero de cada año, para el período que comprenda la situación administrativa de encargo.
Durante el tiempo que dure el encargo el empleado de carrera administrativa deberá ser evaluado dos veces al año utilizando los formatos dispuestos por la Oficina de Gestión Humana para todos los empleados de carrera administrativa y de acuerdo con el nivel , así:
- La Evaluación parcial del primer semestre conformada por los formato 1 y 2: corresponde a los avances entre el primero (1°) de febrero y el treinta y uno (31) de julio de cada año.
- La Evaluación parcial del segundo semestre formato 1 y 2: corresponde al período comprendido entre el primero (1°) de agosto del año en curso y el treinta y uno (31) de enero del año siguiente.
Todas las fases de la evaluación de desempeño, ya enunciadas serán aplicadas a los empleados de carrera administrativa que se encuentren desempeñando otro cargo bajo la figura de encargo.
Si un empleado de carrera administrativa se encuentra en comisión para desempeñar un cargo de Libre Nombramiento y Remoción la evaluación se realizará a través del formato para la evaluación y análisis de gestión, adoptado mediante Resolución N°0716 de 2011 de Rectoría, de acuerdo con el procedimiento estipulado para la evaluación y análisis de la gestión descrito en este documento.
Es aquella que solicita el Rector, basada en información soportada sobre el presunto desempeño deficiente del empleado de carrera administrativa en relación con los objetivos concertados o fijados. Esta evaluación sólo podrá ordenarse después de transcurridos tres (3) meses desde la última evaluación definitiva y comprenderá todo el período no evaluado, teniendo en cuenta las evaluaciones parciales que se hayan realizado.
IV. EVALUACIÓN Y ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
La Universidad de Caldas mediante Resolución de Rectoría N° 0716 del 2011 adoptó el instrumento para realizar la evaluación y análisis de gestión a los servidores públicos vinculados en provisionalidad y libre nombramiento y remoción.
Así mismo mediante Acuerdo N° 35 del 2022 del Consejo Superior, se estableció que los servidores públicos de la planta temporal serán evaluados con el mismo formato utilizado para los servidores públicos en provisionalidad y de libre nombramiento y remoción.
Actores del proceso de la evaluación de análisis de la gestión:
FASES DE LA EVALUACIÓN DE ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
El proceso de evaluación de análisis de la gestión se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:
PRIMERA FASE Evaluación anual y/o eventual
Evaluación Anual: La evaluación y análisis de la gestión consta de:
Periodo a evaluar: del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada vigencia, utilizando el formato establecido mediante la Resolución N° 000716 de 2011 de Rectoría.
Fecha de presentación: Entre el 1 y 28 de febrero del año en curso, se debe remitir por el evaluado a la Oficina de Gestión Humana el formato de autoevaluación y evaluación.
Evaluaciones eventuales: son las que se generan por alguna de las siguientes situaciones:
a. Por cambio de evaluador por retiro del servicio, quien deberá evaluar al empleado administrativo provisional, de libre nombramiento y remoción o de la planta temporal a su cargo antes de retirarse.
b. Por traslado o reubicación de puesto de trabajo del evaluado, la evaluación deberá realizarse antes de que se efectué tal movimiento.
c. Cuando el empleado administrativo provisional, de libre nombramiento y remoción o de la planta temporal deba separarse temporalmente del ejercicio de las funciones del cargo por suspensión, licencias no remuneradas, licencias de maternidad, incapacidades siempre y cuando el término de duración de estas situaciones administrativas sea superior a treinta (30) días calendario.
d. Cuando una dependencia no cuente con jefe en un periodo de máximo 30 días, el jefe inmediato entrante debe evaluar ese tiempo y con base en evidencias debe hacer la evaluación de los empleados a su cargo.
e. Si el término durante el cual la dependencia se encuentra sin jefe inmediato es superior a 30 días, le corresponde al superior jerárquico realizar dicha evaluación basado en las evidencias, entregadas por el evaluado.
f. Las evaluaciones que no se realizaron por el evaluador, deberán ser realizadas por el superior inmediato del evaluador, asumiendo el periodo que se encuentre sin evaluar, con base en las evidencias aportadas por el evaluado.
g. La situación administrativa de vacaciones no suspende los términos para efectuar la evaluación de análisis de gestión. Esta se deberá efectuar ya sea antes del inicio del periodo de vacaciones o una vez se produzca el reintegro del funcionario del periodo de vacaciones siempre y cuando esta fecha esté dentro del lapso establecido para efectuar la evaluación.
Término para realizar las evaluaciones eventuales: Las evaluaciones eventuales deben producirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del momento en que se presente la situación que las origina, con excepción de la ocasionada por cambio de evaluador, la cual se realizará antes del retiro de éste.
Formato:
SEGUNDA FASE Calificación definitiva:
La calificación definitiva es el resultado del promedio de la suma de la evaluación realizada por el jefe inmediato, la autoevaluación realizada por el empleado administrativo y las evaluaciones eventuales cuando se hubieren presentado.
Para la tabulación de la evaluación cada opción de casillas tiene valores de 25, 50, 75 y 100 puntos y cada competencia un % de peso asignado en la característica que genere mayor impacto para el cargo.
El resultado de cada competencia sale de multiplicar el valor obtenido en la casilla por el % asignado a la competencia.
Escala de Calificación:
Los resultados de la evaluación de análisis de gestión se tendrán en cuenta, para:
Pasos para realizar la evaluación de análisis de gestión definitiva:
Notificación:
La/el profesional universitaria/o de la Oficina de Gestión Humana encargada/o del proceso de evaluación de análisis de la gestión se notificará la calificación final de la siguiente manera:
Formatos:
Recursos contra la calificación definitiva
Impedimentos y recusaciones:
Trámite de los impedimentos:
- El evaluador al advertir alguna de las causales de impedimento, lo manifestará por escrito motivado al Rector, quien mediante acto administrativo motivado decidirá sobre el impedimento.
- En caso de aceptación del impedimento el Rector designará un evaluador ad hoc y en el mismo acto ordenará la entrega de los documentos que hasta la fecha obren sobre el desempeño laboral del empleado a evaluar.
- La declaración de impedimento deberá formularse y decidirse antes de efectuar la calificación anual.
Trámite de las recusaciones
El empleado administrativo provisional, de libre nombramiento y remoción o de planta temporal podrá recusar al evaluador ante el Rector cuando advierta alguna de las causales de impedimento consagradas en el artículo 11 de la Ley 1437 del 2011, para lo cual allegará las pruebas que pretenda hacer valer.
NOTA: El impedimento o la recusación deberán formularse y decidirse antes de que inicie el proceso de evaluación. Contra las decisiones que resuelvan el impedimento o la recusación no procederá recurso alguno.
PARTICULARIDADES EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
1. Ausencia de la evaluación de análisis de la gestión en las fechas establecidas por la Oficina de Gestión Humana.
V. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y ANÁLISIS DE GESTIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS
El Acuerdo 47 de 2017 del Consejo Superior - Estatuto General, establece en su numeral 7 artículo 9 como una de las funciones del Consejo Superior, la siguiente:
"Elegir, posesionar, evaluar anualmente y remover al rector…” (…) Actores del Proceso de Evaluación:
FASES DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y ANÁLISIS DE GESTIÓN DEL RECTOR
El proceso de evaluación del desempeño y análisis de la gestión del Rector se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:
PRIMERA FASE Evaluación Anual
Evaluación Anual: La evaluación de desempeño y análisis de gestión del Rector será realizada anualmente por cada uno de los Consejeros del Consejo Superior.
Periodo por evaluar: del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada vigencia, utilizando el formato establecido por la Oficina de Gestión Humana.
Fecha de presentación: Entre el 1 y 28 de febrero del año en curso, se debe remitir por parte de la secretaria del Consejo Superior a la Oficina de Gestión Humana las evaluaciones diligenciadas por cada uno de los Consejeros.
SEGUNDA FASE Calificación Definitiva
La calificación definitiva es el resultado del promedio de la suma de la evaluación realizada por cada uno de los consejeros.
Escala de Calificación:
Pasos para realizar la evaluación de desempeño y análisis de la gestión definitiva:
Recurso contra la calificación definitiva:
PARTICULARIDADES DE LA EVALUACIÓN DEL RECTOR
Cuando el Rector sea un docente que se encuentra en comisión administrativa: para el trámite de la evaluación de desempeño de este, se deberá acudir a lo establecido en el literal a del artículo 7 del Acuerdo 046 de 2009 del Consejo Superior y demás lineamientos de la Vicerrectoría Académica, grupo interno de desarrollo docente y apoyo a la capacitación docente.
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| ELABORÓ | REVISÓ | APROBÓ |
| Luz Marina Álvarez Zambrano Profesional Universitario Oficina de Gestión Humana | JEFE DE OFICINA ASESORA - | JEFE DE OFICINA - |
| HISTORIAL DE CAMBIOS | ||
| 3 | Se requiere actualizar a una nueva versión, para corregir Formato evaluación del desempeño laboral técnico y asistencial sin personal a cargo. | 2026-01-22 |
| 2 | Se requiere actualizar a una nueva versión de la guía para incorporar nuevos formatos de evaluación de desempeño. | 2026-01-22 |
| 1 | Versión inicial | 2025-06-17 |
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