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GUÍA PARA LA APERTURA, REEMBOLSO Y CONTROL DE CAJAS MENORES- POLÍTICA DE EFECTIVO Y EQUIVALENTE A EFECTIVO

Código: G-GF-830
Versión: 3
Emisión: 2025-03-18

PROCESO GESTIóN FINANCIERA

OBJETIVO
Materializar el reconocimiento, medición, presentación y revelación de las CAJAS MENORES, CAJAS SATELITES Y/O FONDOS ROTATORIOS de la Universidad de Caldas bajo la Política Contable de Efectivo y Equivalentes de Efectivo.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

Ésta guía contribuye al cumplimiento de la política de Equivalentes al Efectivo. 

 

ALCANCE: Se agrupan las cuentas representativas de los recursos de liquidez inmediata con los que cuenta la UNIVERSIDAD DE CALDAS que son manejados por las diferentes áreas siempre y cuando este establecido en un documento legal donde indica la responsabilidad y el manejo de las Cajas Menores, cajas satelites y/o fondos rotatorios.

 

 

SUMINISTRO DE INFORMACION: Las dependencias relacionadas serán encargadas de ofrecer la información correspondiente a las Cajas Menores en el Sistema de Gestión Financiera SGF  - Reembolso mensual       

 

 

RESPONSABLES: Vicerrectoría Administrativa, Oficina Financiera y Administradores Delegados si es el caso.

 

 

APERTURA Y RADICACIÓN 

 

 

  • Para dar apertura a una caja Menor, se constituye por cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, el cual indica la cuantía, responsable, la finalidad y la clase de gastos que se pueden realizar.
  • Se radica acto administrativo con su debido soporte para la apertura de caja menor.
  • Funcionario encargado determina si la documentación está o no completa.
  • Se radica en el área de presupuesto solicitud para autorizar compromiso presupuestal.
  • Se traslada del área de presupuesto al área de contabilidad, para la respectiva causación contable.
  • Se traslada del área de contabilidad al área de tesorería para el respectivo pago.
  • Para autorizar recaudo de dinero en cajas Satélites, se autoriza por la vigencia que solicite el Ordenador del Gasto y será el Rector quien determine la vigencia de dicha autorización, (procedimiento SIG, actualmente: I-GF-520  Instructivo para solicitar autorización para realizar recaudo de dinero).
  • Para dar apertura a un Fondo Rotatorio, se constituye mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, el cual indica: cuantía, responsable, finalidad, clase de gastos que se pueden realizar, entre otros, vigencia de éste (fecha en la cual deberá quedar legalmente liquidado). 
  • Cada responsable contará con un usuario y una contraseña del Sistema de Gestión Financiera, con el fin de gestionar toda la información que se requiera en el proceso financiero (de acuerdo con los perfiles asignados); realizar asientos contables tanto de legalización (gastos) como de reembolsos (ingresos), generar reportes y consultas.

  

 

LEGALIZACIÓN

 

  • Las legalizaciones deben ser mensuales ya que esto permite establecer las bases contables para el reconocimiento, medición, presentación y revelación del efectivo y equivalente a efectivo.
  • La legalización debe ser por medio de facturas o recibos con su respectiva firma, para efectos tributarios la facturación debe contener lo establecido en el Art. 617 del Estatuto Tributario.
  • La persona responsable de las cajas menores o los fondos rotatorios deben registrar en el Sistema de gestión Financiero los soportes correspondientes a cada la legalización.
  • Es necesario que sea entregado a la persona encargada del área contable, soportes de legalización generado del SGF y los respectivos soportes de los gastos mensuales.
  •  Encargado del área contable, verifica que los soportes correspondan a los autorizados en el Acto Administrativo.
  • Se debe entregar al área de contable, últimos días de cada mes consignaciones correspondientes a retención en la fuente y demás impuestos generados en las cajas menores y fondos rotatorios.

 

REEMBOLSO

 

  • El reembolso de las cajas menores se debe realizar solo cuando se haya consumido más de un 70% del total de la caja menor.
  • El rembolso de los fondos rotatorios se realizará cada mes o una vez se haya ejecutado el 70% del monto autorizado.

 


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - JEFE DE OFICINA -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
3Se requiere actualización de la guía para actualizar el objetivo y en las políticas y condiciones de operación ampliar lo correspondiente a apertura y radicación.
2025-03-18
2Modernización de la imagen del SIG. 2019-10-16
1Versión inicial2019-02-25



Documento Controlado
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