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INSTRUCTIVO PARA CREACIÓN DE PROGRAMAS DE POSGRADO

Código: I-IN-855
Versión: 5
Emisión: 2025-06-19

PROCESO INVESTIGACIONES Y POSGRADOS

OBJETIVO
Crear programas de posgrado articulados con las necesidades del entorno, a partir de criterios de prioridad, pertinencia y capacidad institucional, con el fin de fortalecer la oferta académica, la formación de alto nivel y el desarrollo investigativo.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 

La propuesta de nuevos programas de posgrado, que cuenten con el aval previo por parte del Consejo (s) de Facultad, deberá demostrar, además:

a. El cumplimiento de las condiciones de calidad y de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) contemplados en la normatividad vigente.
 
b. La relación del programa con los lineamientos establecidos en la política curricular de la institución el cual deberá expresar, de manera apropiada, la flexibilidad y el componente interdisciplinario, según sea el caso.
 
c. La integración de las líneas de investigación de los grupos que le sirven de soporte con las líneas de énfasis propuestas por el programa.  
 
d. La sostenibilidad presupuestal del programa y aplicación de los aspectos financieros reglamentados. 
 
e. Los nuevos programas de posgrado propondrán cuando aplique:
 
  • Integración vertical entre programas de pregrado, posgrado, educación continuada y entre diferentes niveles de posgrado.
  • Integración horizontal entre programas de posgrado de una misma área o campo para el desarrollo conjunto de actividades de docencia, investigación y proyección.
  • Estrategias orientadas al desarrollo de capacidades para el trabajo interdisciplinario y para la generación de diálogos con otros campos del conocimiento.
  • Desarrollo de estrategias de mediación pedagógica con las tecnologías de la información y la comunicación, así como la creación de ambientes de interacción abierta entre estudiantes.
 
f. El docente encargado de realizar la propuesta de creación de un posgrado, deberá tener como mínimo el mismo nivel de formación del programa a proponer.
 
Los programas de posgrado de la institución podrán ofrecerse en los niveles de formación y modalidades establecidos en la normatividad vigente expedida por el MEN. Los programas de posgrado podrán incorporar la estrategia pedagógica mediada por TIC de acuerdo con los lineamientos que la institución establezca para ello. 
 
Los programas de posgrado interinstitucionales serán aquellos que se ofrecen con instituciones nacionales o internacionales en el marco de convenios firmados para tal efecto. Este tipo de programas se enmarcan en los principios y propósitos de la Política de Posgrados y deberán cumplir, además, con las condiciones y criterios generales para la creación de posgrados, apertura de cohorte y cierre de los mismos
 

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio.    
2 Concertación de la iniciativa Docente(s) Designado(s) y Director del departamento
La iniciativa se origina en los departamentos por parte del (de los) docente(s) designado(s) con el nivel y conocimiento académico requerido, conforme al tipo de posgrado. Se oficializa la designación del (los) docente(s) responsable(s) de la propuesta de nuevo programa de posgrado por parte del Director del Departamento quien hace la designación respectiva. El (los) docente(s) designado(s) diligencia(n) el formato de propuesta preliminar para la creación de programas de posgrado a fin de radicarlo ante su respectivo Consejo de Facultad. Tiempo: cuando se inicie la propuesta de creación de un programa de posgrado. Registros: Oficio de designación del Director de Departamento.

Ver Registro(FORMATO DE PROPUESTA PRELIMINAR PARA LA CREACIÓN DE PROGRAMAS DE POSGRADO)
3 Avalar la iniciativa Consejo(s) de Facultad
El docente(s) responsable(s) presenta(n) ante el Consejo de Facultad respectivo el documento preliminar para su aval. Una vez obtenido dicho aval la Facultad responsable deberá enviar el aval a la Vicerrectoría de Investigación y Posgrados, en el formato de propuesta preliminar diligenciado, donde se pueda verificar el cumplimiento de los criterios de prioridad, pertinencia y capacidad institucional. Tiempo: posterior a la presentación de la propuesta. Registro: Oficio de aval del Consejo de Facultad responsable, donde se relacione el número de acta.

Ver Registro(FORMATO DE PROPUESTA PRELIMINAR PARA LA CREACIÓN DE PROGRAMAS DE POSGRADO)
4 Revisar y avalar el formato de propuesta preliminar. Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados (VIP) y Oficina de Posgrados
Se analiza y verifica que la iniciativa contribuya con el cumplimiento de las metas fijadas en el Plan de Desarrollo Institucional. Si el formato está completa y correctamente diligenciado se da el aval para iniciar la construcción del documento maestro. En caso de requerir ajustes en el diligenciamiento del formato preliminar, se notificará al Consejo o Consejos de Facultad respectivos, con copia a los docentes responsables de la propuesta. Tiempo: posterior a la presentación del formato en la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados.

Ver Registro(Oficio de aval de la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados)
5 Elaborar documento maestro del programa Docente(s) Responsable(s), Vicerrectoría Académica y Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados (VIP) y Oficina de Posgrados
El docente(s) responsable(s) de la creación del programa elabora el documento maestro (que incluye el estudio de mercado) y el presupuesto con el acompañamiento y asesoría de la Vicerrectoría Académica y la Oficina de Posgrados, conforme a los lineamientos vigentes del MEN. La documentación deberá incluir todos los anexos y evidencias solicitadas en dichos lineamientos. El docente(s) responsable(s) de la creación del programa y demás participantes en la elaboración de la propuesta deberán diligenciar y firmar el acuerdo de confidencialidad a fin de garantizar que la misma no se distribuya o comparta con otras instituciones. Una vez el documento maestro esté completamente diligenciado, incluyendo todos los soportes, los docentes encargados deberán radicar en el Consejo de Facultad para su aval. Tiempo: máximo nueve (9) meses después de recibido el aval. Registro: (Documento maestro del programa con soportes y acuerdo de confidencialidad diligenciado y firmado).

Ver Registro(Formato acuerdo de confidencialidad para la creación de programas de pre y posgrado)
6 Avalar la propuesta del nuevo programa. Consejo de Facultad
El docente(s) responsable(s) sustenta(n) la propuesta ante el Consejo de Facultad. En caso de aval, el Consejo deberá radicar toda la documentación incluyendo los soportes, ante el Consejo Académico. Tiempo: según tiempos del Consejo de Facultad.

Registro(Oficio de remisión, documento maestro y soportes del nuevo programa)
7 Analizar la pertinencia académica de la propuesta Comisión Permanente de Asuntos Académicos y Docente Responsable
Ante la Comisión Permanente de Asuntos Académicos el docente(s) responsable(s) realizará la sustentación para la creación del programa. A la sesión respectiva de esta comisión será invitado el Jefe de la Oficina de Posgrados. En caso de aval se envía oficio de recomendación y la documentación, para el aval del Consejo Académico. Tiempo: según agendas de la Comisión.

Registro(Informe de la comisión)
8 Otorgar aval a la propuesta de creación de programa Consejo Académico
El Consejo Académico otorga aval a la propuesta de creación del nuevo programa de posgrado y lo remite al Consejo Superior. Tiempo: Conforme a la agenda del Consejo Académico.

Registro(Acuerdo del Consejo Académico donde se recomienda aprobación de la propuesta)
9 Aprobar o rechazar propuesta de creación de programa de posgrado. Consejo Superior
Una vez remitida la propuesta por parte del Consejo Académico, los proponentes deberán sustentar la propuesta ante el Consejo Superior, el cual aprobará o rechazará la misma. En caso de rechazo de la propuesta, se devolverá la documentación a los docentes responsables de la misma. Tiempo: Según agenda del Consejo Superior.

Registro(Acuerdo de creación del programa de posgrado)
10 Radicar solicitud en plataforma SACES. Oficina de Evaluación y Calidad Académica
Si la solicitud es aprobada, la Oficina de Evaluación y Calidad Académica radica la solicitud del registro calificado ante el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los lineamientos establecidos. Tiempo: luego de la aprobación del Consejo Superior, y según ajustes solicitados por este (cuando aplique).

Registro(Soporte de radicación en SACES)
11 Expedir resolución de registro calificado Ministerio de Educación Nacional (MEN)
Después de analizar y verificar el cumplimiento de los lineamientos, el MEN expide la resolución de registro calificado Tiempo: según tiempos del MEN.

Registro(Resolución de registro calificado)
12 Designar director del programa. Rector
Posterior a la emisión del registro calificado por parte del MEN, el Rector designa el director del nuevo programa de posgrado para desarrollar las actividades propias del mismo. Tiempo: Luego de la recepción de la resolución del registro calificado.

Registro(Resolución de Rectoría con designación del director de programa)
13 Solicitar apertura de la primera cohorte del nuevo programa Director del Programa de Posgrado, Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados (VIP) y Oficina de Posgrados
El director del programa designado, solicita a la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados la apertura de la primera cohorte, donde se expide el oficio respectivo de aprobación de la primera cohorte. Tiempo: luego de la designación en la dirección de programa.

Registro(Oficio de aprobación de apertura por parte de la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados)
14 Desarrollar las actividades propias del programa de posgrado Director del Programa de Posgrado
Realizar las actividades necesarias para la apertura de la primera cohorte, que incluye la promoción del programa. Ver: 1. Instructivo para la apertura de cohorte. 2. Instructivo para la inscripción, admisión y matrícula de aspirantes a programas de posgrado. Tiempo: según cronograma establecido para el proceso.
15 Fin    

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG
Acuerdo de creación del programa de posgrado
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Acuerdo del Consejo Académico donde se recomienda aprobación de la propuesta
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
FORMATO DE PROPUESTA PRELIMINAR PARA LA CREACIÓN DE PROGRAMAS DE POSGRADO
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
R-2888-P-IN-855-
Formato acuerdo de confidencialidad para la creación de programas de pre y posgrado
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
R-3497-I-IN-855-
Informe de la comisión
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Oficio de aprobación de apertura por parte de la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Oficio de aval de la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
R-3487-I-IN-855-
Oficio de remisión, documento maestro y soportes del nuevo programa
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Resolución de Rectoría con designación del director de programa
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Resolución de registro calificado
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Soporte de radicación en SACES
VICE-RECTORIA ACADEMICA
--


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - PROFESOR ASOCIADO -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
5Se requiere modificar el instructivo a solicitud del lider del procedimiento para incorporar ajustes de redacción, aclaración de actividades y responsables, así como un nuevo documento de confidencialidad para los responsables de la creación de los programas de posgrado.2025-06-19
4Se cambia el documento de procedimiento a instructivo, se ajustan las políticas y condiciones de operación, se modifican algunas actividades del flujograma y se eliminan otras.2022-11-30
3Se aclaran en el flujograma, las actividades de los pasos 5 y 9.2020-11-12
2Se ajustan en el flujograma los pasos 15, 16 y 172020-05-04
1Versión inicial2019-12-17



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