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INSTRUCTIVO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS A TRAVÉS DE PRESENCIALIDAD MEDIADA POR TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN

Código: I-DC-918
Versión: 3
Emisión: 2025-09-30

PROCESO DOCENCIA

OBJETIVO
El presente instructivo aplica para los programas académicos de pregrado y posgrado que deseen considerar otras estrategias para el desarrollo del componente presencial de algunas actividades académicas de su plan de estudios incorporando mediaciones TIC según el acuerdo vigente del Consejo Académico respecto a la presencialidad mediada por TIC para el desarrollo de actividades sincrónicas, en el marco de su registro calificado vigente, sin que estos ajustes impliquen el cambio de modalidad del programa o la inclusión de una nueva. La implementación de estas nuevas estrategias contribuye con una mayor flexibilidad curricular en desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en los programas académicos.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 

 

DEFINICIONES Y CONCEPTOS

 

Presencialidad mediada por TIC - PMT. Se define como la posibilidad en el uso de estrategias y herramientas que posibiliten la interacción en tiempo real entre el docente y los estudiantes, sin que ello modifique las condiciones de calidad del programa académico cuyo registro calificado se dé en la modalidad presencial. Los procesos de enseñanza y aprendizaje implican por su naturaleza encuentros cara a cara, en tiempo real (sincrónicos) y otros que no tienen correspondencia temporal (asincrónicos), para los cuales se utilizan mediaciones como: foros, chats, videoconferencias, sesiones de clase pregrabadas y los demás que propicien la comunicación entre estudiantes y profesores.

 

Actividades académicas que podrán incorporar presencialidad mediada por TIC. Para efectos de establecer los porcentajes de presencialidad mediada por TIC, se tendrán en cuenta únicamente las horas presenciales de las actividades académicas teóricas y teórico - prácticas. El porcentaje de horas de presencialidad que podrán ser mediadas por TIC corresponderá a la sumatoria de las horas de presencialidad mediada por TIC de las actividades académicas, dividida entre el total de horas presenciales del plan de estudios.

 

 

 

Límites para la incorporación de estrategias para la presencialidad mediada por TIC. Un programa en modalidad presencial o a distancia tendrá los siguientes límites en el porcentaje de PMT para el desarrollo del plan de estudios, sin afectar la modalidad vigente en el registro calificado:

 

  • Los programas técnicos, tecnológicos y profesionales cuya oferta se da en la sede principal de la institución, podrán utilizar presencialidad mediada por TIC hasta el 20% de horas presenciales mediadas por TIC con respecto al total de horas presenciales del plan de estudios. Para el caso de los programas que se ofertan en otros lugares de desarrollo, la proporción de presencialidad mediada por TIC será hasta el 50%.

 

  • En programas de posgrado la presencialidad mediada por TIC podrá trabajarse hasta el 100% de horas presenciales mediadas por TIC con respecto al total de horas presenciales del plan de estudios.

 

Condiciones y requisitos para el análisis y aprobación de solicitudes para la incorporación de PMT en actividades académicas. Los programas académicos deberán cumplir con las siguientes condiciones para la incorporación de presencialidad mediada por TIC como parte del componente de presencialidad de sus actividades académicas:

 

1. Alcance de la modificación o modificaciones propuestas. El programa deberá demostrar la relación de las actividades académicas teóricas o teórico – prácticas (con código) que tendrían modificación en su componente presencial y el porcentaje de esta modificación dentro del plan de estudios y dentro de la asignatura específica. Para ello, el programa deberá:

Diligenciar el formato de plan de estudios establecido por el Consejo Académico, que incluya una columna donde se haga referencia al número de horas presenciales que serán mediadas por TIC, según la propuesta del Comité de Currículo respectivo.
 
Verificar que no se superan los porcentajes de presencialidad mediada por TIC, establecidos en el Acuerdo 16 de 2022 del Consejo Académico (modificado por el Acuerdo 27 de 2025 del Consejo Académico) o la norma que haga sus veces. Anexar acuerdo 

 

2. Justificación de la modificación o modificaciones. Para establecer la justificación de las razones por las cuales se considera pertinente el ajuste propuesto, se recomienda tomar en consideración los siguientes aspectos orientadores: generalidades de las cohortes del programa, contextualización con las regiones, globalización de la educación y flexibilidad curricular y oportunidades ofrecidas por las TIC.
 
Ver anexo aspectos del Decreto 1075 que pueden verse impactados con la implementación de PTM 
 
 3. Evidencias del cumplimiento de las respectivas condiciones de calidad, según Decreto 1075 de 2015 del Ministerio de Educación Nacional (MEN) y sus decretos y resoluciones reglamentarios. Se hace necesario verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el mencionado Decreto, aportando las evidencias correspondientes, en tanto que los ajustes propuestos eventualmente podrían modificar alguna(s) de estas condiciones mínimas. Como anexo de la presente guía, se establece, en calidad de lista de chequeo, los aspectos de la normativa del Ministerio que pueden verse impactados con la implementación de la mediación pedagógica con TIC, y sobre los cuales se deberá aportar evidencias de su cumplimiento. Ver anexo aspectos del Decreto 1075 que pueden verse impactados con la implementación de PTM
 
4. Aprobación de la modificación por el órgano competente de la institución. Se deberá aportar como parte de la documentación que acompaña la solicitud de ajuste, el respectivo acto administrativo de aprobación (oficio o acta), expedido por el respectivo Consejo de Facultad, donde se evidencie la aprobación del ajuste propuesto.
 
 5. Nota importante: El uso de mediaciones TIC debe ser previamente consultado y concertado con estudiantes y docentes. 


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio    
2 Evaluar la posible implementación de estrategias pedagógicas de Presencialidad Medidas por TIC (PMT) en actividades académicas. Directores de programas académicos
Los directores de programa deben evaluar la posibilidad de implementación de estrategias pedagógicas de Presencialidad Medidas por TIC (PMT) en las actividades académicas del programa. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: no aplica.
3 Identificar actividades académicas que incorporarán PMT en el componente presencial de las mismas. Director del Programa, Oficina de Evaluación y Calidad Académica (Oficina de Posgrados, para programas de posgrado)

El Director de Programa de Pregrado solicita a la Oficina de Evaluación y Calidad Académica el plan de estudios aprobado por el MEN en la plataforma SACES. El Director de Programa de Pregrado añade la columna editable denominada “Número de horas de mediación pedagógica por TIC” al archivo del plan de estudios.

En el caso de programas de posgrado, el Director de Programa solicita a la Oficina de Posgrados el plan de estudios oficial. La Oficina de Posgrados solicita a la Oficina de Evaluación y Calidad Académica el plan de estudios oficial del programa, añade la columna editable al archivo del plan de estudios denominada “Número de horas de mediación pedagógica por TIC”, bloqueando el resto de las columnas, y la envía al Director de Programa de Posgrado que lo solicitó.

El Director de Programa diligencia únicamente la columna “Número de horas de mediación pedagógica por TIC”, sin modificar el resto de la información.

Tiempo: el requerido para la actividad.


Registro(Plan de estudios oficial indicando horas de mediación pedagógica por TIC para actividades académicas seleccionadas)
4 Elaborar la propuesta de incorporación de PMT en actividades académicas. Director del Programa

El Director del Programa elabora el documento de propuesta de incorporación de PMT que describe los ajustes propuestos con sus respectivas evidencias, según el Acuerdo Nro. 16 de 2022 del Consejo Académico (modificado por el Acuerdo 27 de 2025 del Consejo Académico), y lo presenta al Comité de Currículo del Programa. Se deberá elaborar el respectivo documento con la propuesta de ajuste según los criterios establecidos en el Decreto 1075 de 2015 para modificación de condiciones de calidad en programas académicos, incluyendo los anexos y evidencias del caso.

Tiempo: el requerido para la actividad.


Registro(Documento de propuesta de incorporación de PMT al plan de estudios.)
5 Analizar y avalar la propuesta para incorporación de PMT en actividades académicas. Comité de Currículo
El Comité de Currículo analizará la documentación de la propuesta y emitirá el aval correspondiente, si lo considera. Una vez se cuente con el aval esté será enviado al Consejo de Facultad respectivo para su aprobación. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: oficio del Comité de Currículo al Consejo de Facultad.
6 Analizar y aprobar la propuesta de incorporación de PMT en actividades académicas. Consejo de Facultad
En sesión del Consejo de Facultad, se analizará y aprobará la propuesta para la incorporación de PMT en actividades académicas, propuestas por los Comités de Currículo. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: acta del Consejo de Facultad.
7 Enviar soportes a la Oficina de Evaluación y Calidad Académica. Consejo de Facultad
Desde los Consejos de Facultad se enviarán a la Oficina de Evaluación y Calidad Académica los respectivos soportes de las solicitudes para incorporación de PMT, que hayan sido aprobadas. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: oficio remisorio, documentación de la propuesta aprobada por el Consejo de Facultad.
8 Analizar y validar los soportes documentales para incorporación de PMT. Oficina de Evaluación y Calidad Académica
La Oficina de Evaluación y Calidad Académica analizará la documentación enviada desde los Consejos de Facultad, con el fin de validar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la radicación de los ajustes propuestos en la plataforma SACES del MEN. En caso de requerirse completitud en información, se contactará al director de programa respectivo con el fin de subsanar lo correspondiente. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: no aplica
9 Radicar ajustes para la implementación de PMT en actividades académicas, en la plataforma SACES. Oficina de Evaluación y Calidad Académica
La Oficina de Evaluación y Calidad Académica radicará las solicitudes para implementación de PMT, en la plataforma SACES del MEN. Tiempo: el requerido para la actividad. Evidencia: registro de carga en plataforma SACES.
10 Notificar completitud y concepto del Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional
El MEN notificará a la institución sobre la completitud en los ajustes reportado. Tiempo: según tiempos del MEN. Evidencia: notificación a través de la plataforma SACES o mediante documento expedido por el MEN.
11 Fin  

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG Serie Archivo
Documento de propuesta de incorporación de PMT al plan de estudios.
OFICINA DE EVALUACIÓN Y CALIDAD ACADÉMICA
--
Plan de estudios oficial indicando horas de mediación pedagógica por TIC para actividades académicas seleccionadas
VICE-RECTORIA ACADEMICA
--


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - PROFESOR TITULAR -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
3Se modifica el instructivo para incorporar nuevos aspectos del acuerdo 27 de 2025 relacionadas con regular el uso de la presencialidad mediada por tecnologías de
la información y la comunicación (TIC) en los programas académicos de pregrado y
posgrado de la Universidad de Caldas, con el fin de garantizar la calidad de la educación y ampliar su cobertura, de acuerdo con la normatividad vigente del Ministerio de Educación Nacional.
2025-09-30
2se requiere modificación del instructivo para incorporar aspectos del decreto 1075 de 2015.2025-04-03
1Versión inicial2022-06-16



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