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PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DOCENTE

Código: P-DC-767
Versión: 9
Emisión: 2025-07-08

PROCESO DOCENCIA

OBJETIVO
Definir y propiciar los mecanismos para la actualización y mejoramiento de conocimientos y competencias docentes, así como la movilidad en el escalafón docente, y contribuir en la implementación de procedimientos equitativos y acordes a la normativa interna y externa en procesos institucionales relacionados con la selección, evaluación y condiciones salariales del personal docente de la Universidad de Caldas con el fin de contribuir a mejorar la calidad académica de la institución.

ALCANCE
El alcance de los procesos de desarrollo docente se enmarcan en la promoción del profesorado como resultado de la productividad académica, su experiencia, evaluación del desempeño y planes de capacitación.

RESPONSABLES

 

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS: Corresponde a la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas definir las necesidades de docentes, a partir del estudio técnico de planta docente. 
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO: Corresponde a los Directores de Departamento, liderar la vinculación de docentes ocasionales y catedráticos, aprobar o negar en primera instancia el apoyo económico para la capacitación docente y desarrollar el proceso de evaluación docente. 
DECANOS: Corresponde a los Decanos aprobar o negar en segunda instancia el apoyo económico para la capacitación docente.
CONSEJO DE FACULTAD: Corresponde al Consejo de Facultad, aprobar la vinculación de docentes ocasionales y catedráticos. 
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA: Corresponde a la Oficina de Gestión Humana la inducción y reinducción a docentes de planta, ocasionales y catedráticos.
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA Corresponde a la Oficina de Gestión Humana la contratación de docentes de planta, ocasionales, catedráticos y tutores, la gestión de situaciones administrativas y coordinar el proceso de desvinculación del servicio.
OFICINA DE DESARROLLO DOCENTE: Corresponde a la Oficina de Desarrollo Docente, planear y ejecutar programas de capacitación no formal relacionados con competencias pedagógicas y apoyar los procesos de cálculo y asignación de puntaje salarial para docentes de planta y ocasionales. De igual forma tramitar ante el Comité de Personal Docente la recomendación que éste a su vez haga al Consejo Académico sobre el escalafón docente y finalizar dicho proceso haciendo efectivo en nómina el puntaje que corresponde al nuevo escalafón del docente.
COMITÉ DE ASIGNACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE PUNTAJE CIARP: Corresponde al Comité de Asignación y Reconocimiento de Puntaje CIARP, tramitar y notificar al docente sobre el puntaje salarial asignado. 
VICERRECTORÍA ACADÉMICA: Corresponde a la Vicerrectoría Académica aprobar o negar el apoyo económico para la capacitación docente.
DOCENTES: Corresponde a los docentes, suministrar la información necesaria para cada una de las actividades y realizar las solicitudes con el tiempo necesario y estipulado en el procedimiento para el desarrollo de cada trámite de manera satisfactoria.

DEFINICIONES Y TÉRMINOS


 

 CIARP: Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje, responsable de la asignación de puntos de los docentes de carrera y ocasionales que se vinculan a la institución según la documentación soporte. 
 CPD: Comité de Personal Docente, responsable de analizar y recomendar al Consejo Académico y/o Superior el ascenso en el escalafón docente de los profesores de carrera, así como estudiar el resultado de la evaluación del desempeño de los profesores y conformar las comisiones para el seguimiento de planes de mejora. 
 PUNTAJE SALARIAL: Es el valor en unidades salariales que conforman la asignación y prestaciones económicas del personal docente. 
 ESCALAFÓN: Categorías a las que pueden ascender un docente en su vida universitaria (auxiliar, asistente, asociado o titular)
 HOMOLOGACIÓN SALARIAL: Es la ubicación que tiene un docente de planta en una categoría determinada de acuerdo con las condiciones que acredite por su desempeño en otra Institución de Educación Superior. 
 ASIMILACIÓN SALARIAL: Es la ubicación por categorías que puede tener un docente ocasional, de acuerdo con los requisitos establecidos por la normatividad vigente. 
 TITULO ACADÉMICO: Es el reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una persona natural al culminar un programa académico por haber adquirido un saber determinado en una institución educativa. Este reconocimiento se hará constar en un diploma. 
 DOCENTE ESPECIAL: Corresponde al periodo de prueba del docente que ingresa por concurso público de méritos a la institución y que comprende un periodo de tiempo de un año contando a partir de la fecha de posesión.
 DOCENTE AUXILIAR: Es la primera categoría en el escalafón docente, se solicita al cumplir el periodo de prueba y cumplir con los requisitos establecidos en el Estatuto Docente. 
DOCENTE ASISTENTE: Corresponde a la segunda categoría en el escalafón de la carrera docente y se solicita a los dos (2) años en tiempo completo o cuatro (4) años en medio tiempo posterior al ingreso al escalafón, más los requisitos establecidos en el Estatuto Docente. 
DOCENTE ASOCIADO: Es la tercera categoría en el escalafón docente; se requiere haber pasado tres (3) años en tiempo completo o cinco (5) en medio tiempo y cumplir con los requisitos establecidos en el Estatuto Docente.
DOCENTE TITULAR: Es la última categoría en el escalafón docente y requiere cuatro (4) años en tiempo completo o seis (6) en medio tiempo además de los requisitos establecidos en el Estatuto Docente y el Acuerdo 026 de 2003 de Consejo Superior.
EXPERIENCIA CALIFICADA: Corresponde al período por años de servicios a la institución. 
PRODUCTIVIDAD ACADÉMICA:  Son todos aquellos trabajos de carácter científico, tecnológico o técnico que constituyen aportes a la docencia, ciencia, artes o las humanidades y están contempladas en el Decreto 1279 
CAPACITACIÓN FORMAL: Corresponde a estudios de posgrado a nivel de especialización, maestría o doctorado, o estudios de pregrado para el caso de docentes expertos. 
CAPACITACIÓN NO FORMAL: Corresponde a la asistencia a eventos académicos como congresos, seminarios, talleres, cursos, diplomados y pasantías. 
DOCENTE EXPERTO:  Se denomina experto a aquella persona sin título profesional que debido a su preparación especial en un área del arte o tecnología puede presentar colaboración en docencia en las actividades académicas específicas en la Universidad. 
QUINQUENIO: Periodo de cinco años laborando en la institución.

 


POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

  

1SELECCIÓN Y VINCULACIÓN

 

La Oficina Asesora de Planeación y Sistemas, previo análisis de capacidad, es la encargada de definir el número de plazas docentes a ser ofertadas por cada departamento. Una vez identificadas las necesidades, se procede a realizar los procesos de selección y vinculación, de acuerdo al tipo de cargo a cubrir, así:

 

  • Docentes de Planta: Rectoría realiza la convocatoria para la realización del concurso público de méritos para el cubrimiento de plazas docentes fijadas por el Consejo Superior de la Universidad de Caldas.  La Vicerrectoría Académica dirige y coordina la realización del concurso en el que validan las competencias de los aspirantes con las requeridas en los cargos vacantes a cubrir.

 

  • Docentes ocasionales y catedráticos: Una vez concertada la labor docente con los profesores de carrera, los Departamentos proceden a determinar las necesidades de contratación de docentes ocasionales y catedráticos. Previa identificación de las necesidades en docencia directa, se procede la asignación de labor para los docentes contratados de tiempo completo, medio tiempo y horas cátedra.  La selección se hace en los Departamentos de acuerdo con las hojas de vida. Previa autorización de los Consejos de Facultad y la Vicerrectoría Académica, la oficina de Gestión Humana realiza la vinculación respectiva.

 

Para la vinculación de docentes ocasionales o catedráticos se deben tener en cuenta lo reglamentado en el Acuerdo 09-1 de 2007, el Acuerdo 021 de 2005, el Acuerdo 025 de 20005,  Acuerdo 020-1 de 2010, Acuerdo 11 de 2015 del Consejo Superior, Acuerdo 02 de 2008 del Consejo Superior, Acuerdo 036 de 2015, Acuerdo 02 de 2016 del Consejo Superior, Acuerdo 15 de 2019 del Consejo Superior

 

 

2. INDUCCIÓN

 

La inducción inicia con el conocimiento general de la institución y comprende toda la información general (mapa de procesos, estructura orgánica, direccionamiento estratégico) que permite al docente conocer la misión, visión, objetivos, estructura orgánica, historia, normatividad, responsabilidad, deberes, derechos, y beneficios que ofrece la Universidad a sus docentes. 

Para los docentes de planta, la inducción se realizará posterior a su vinculación en el marco del concurso público de méritos. Para los docentes ocasionales y catedráticos, se realizará por parte de cada Facultad una sesión de orientación general sobre las particularidades de ubicación espacial, laboratorios adscritos, aspectos académicos, entre otros. 

 

 

3. ASIGNACION DE PUNTAJE SALARIAL       

 

 La asignación de puntaje salarial aplica para docentes de planta que ingresan por primera vez, reingresan a la carrera docente o proceden de otro régimen.

 

 El Acuerdo 15 de 2015 del Consejo Superior reglamenta la asignación del salario a docentes ocasionales y el Acuerdo 33 del 2020 del Consejo Superior reglamenta el salario de los docentes catedráticos.

  El Acuerdo 046 de 2009 del Consejo Superior, desarrolla aspectos pertinentes del Decreto 1279 de 2002 y la creación del Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje CIARP.


4. ESCALAFÓN DOCENTE

 

El Acuerdo 021 de 2002 del Consejo Superior adopta el Estatuto del Personal Docente de la Universidad de Caldas, el cual contempla las siguientes categorías:

 

  • Profesor auxiliar
  • Profesor asistente
  • Profesor asociado
  • Profesor titular

 

Para el caso de los docentes ocasionales, el Acuerdo 015 de 2015 del Consejo Superior, estableció clasificación por grados para efectos de asimilación salarial, los cuales se tratarán proporcionalmente con las categorías del Estatuto Docente, así:

 

  • Grado 1, categoría de Auxiliar
  • Grado 2, categoría de Asistente
  • Grado 3, categoría de Asociado
  • Grado 4, categoría de Titular

 

Cuando el docente de carrera cumple con los requisitos establecidos en el Estatuto Docente y en el Acuerdo 26 de 2003 del Consejo Superior, solicita su ingreso o ascenso en el escalafón, al Comité de Personal Docente, este a su vez recomendará la aprobación o negación de dichas solicitudes al Consejo Académico o Superior. En el caso de los docentes ocasionales, deben solicitar al CIARP la asimilación salarial de acuerdo al grado que corresponda, y si es aprobado se emitirá resolución por parte de la Vicerrectoría Académica y si es negado se enviará oficio indicando el motivo de rechazo y los recursos que puede interponer.

 

El docente de carrera al momento de tener el trabajo o trabajos para ascenso en el escalafón, solicita que le sea evaluado por la Vicerrectoría correspondiente, la cual designa los pares evaluadores. Cuando llega el resultado de los pares evaluadores, se informa al docente mediante un oficio en el cual se especifica el nombre del trabajo y el puntaje promedio obtenido. 

 

5. CAPACITACIÓN  

 

La Universidad de Caldas cuenta con 4 modalidades de capacitación para docentes especificadas en el Acuerdo 012 de 2002 del Consejo Académico:


  1. Capacitación formal (Pregrado – posgrado)
  2. Capacitación no formal 
  3. Pasantías
  4. Capacitación grupal


Para obtener apoyo económico para capacitación formal, el docente debe ser de planta y estar escalafonado. 

 

El apoyo económico para la capacitación no formal, es decir pasantías o asistencia a eventos académicos, está abierto a docentes de planta, ocasionales y catedráticos quienes seguirán el mismo trámite descrito en el procedimiento. Este tipo de capacitación deberá guardar relación directa con el área de desempeño del docente solicitante. En el caso de los docentes ocasionales y catedráticos debe ser vigente el contrato de vinculación a la Universidad.

 Se debe tener en cuenta, para acceder a un apoyo económico formal y no formal, lo mencionado en el Acuerdo 012 de 2003 de Consejo Académico y adicionalmente el formato de Plan de Capacitación aprobado por los Departamentos y los Consejos de Facultad.


 6. REINDUCCIÓN                

La reinducción tiene por objetivos:

  • Actualizar a los servidores públicos frente a los cambios administrativos y académicos que ha sufrido la institución.  
  • Informar a los servidores públicos sobre las disposiciones vigentes en materia de gestión del talento y bienestar laboral (políticas salariales, de seguridad, Bienestar Universitario, programas de salud ocupacional, normatividad, entre otros).

 

Jornada de aprendizaje: En espacio se dan a conocer cambios institucionales en aspectos como: estatutos, estructura orgánica, sistema integrado de gestión, sistema de información académica, política curricular, labor académica, manual de funciones y situaciones administrativas de Ley y propias de la Universidad.

 

 

7. ACTUALIZACION DE PUNTAJE SALARIAL

 

El Decreto 1279 de 2002 establece los parámetros para la asignación de puntaje y bonificación por productividad académica, por evaluación de desempeño, experiencia calificada y actividades de dirección académico – administrativas.

 

El Acuerdo 046 de 2009 del Consejo Superior de la Universidad de Caldas reglamenta algunos aspectos del decreto 1279 de 2002. El docente deberá diligenciar la solicitud en el aplicativo SARA WEB adjuntando los soportes requeridos e informados en el sistema de información.  


Las actualizaciones de puntaje salarial por productividad académica podrán ser presentadas por docentes ocasionales, a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo 15 de 2015 del Consejo Superior. 

 

La modificación de puntaje por actividades de Dirección académico – administrativas, , se realiza para docentes de carrera que asuman funciones como directores de Programa, Directores de Departamento, Decanos, Vicerrectores  y Rector, según lo establecido en el artículo 17 del Decreto 1279 de 2002.

 

8. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO

 

La evaluación de desempeño es un proceso permanente que se consolida mediante la ponderación de las calificaciones obtenidas por el profesor en las diferentes funciones y actividades consignadas en el plan de trabajo. Esta tiene como finalidad que la Universidad conozca los niveles de desempeño de los profesores y tome las medidas necesarias para procurar la excelencia.

El resultado de la evaluación del desempeño de los docentes es un insumo para la asignación de puntaje salarial según la normativa vigente. 

 


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio    
2 Determinar necesidades de planta docente Oficina Asesora de Planeación y Sistemas
La Oficina Asesora de Planeación y Sistemas con la participación de los departamentos, identifican el número de docentes requeridos de acuerdo con la oferta académica a través de un estudio técnico de planta docente. Tiempo: Cuando sea requerido
3 Realizar convocatoria a concurso público de méritos para docentes de planta Rectoría
Con base en la certificación de plazas vacantes, permite identificar las plazas docentes a cubrir. Rectoría realiza la convocatoria para el concurso público de méritos para proveer dichos cargos de planta en vacancia, bien sea por situaciones administrativas o por ampliación de la planta docente. El concurso es coordinado por la Vicerrectoría Académica. Tiempo: Cuando sea requerido
4 Seleccionar docentes catedráticos y ocasionales Colectivo docente del departamento
Los Directores de Departamento elaboran la lista de docentes catedráticos y ocasionales elegibles para cubrir la labor académica que queda disponible después de ser concertada con los docentes de planta. TIEMPO: De acuerdo al cronograma de concertación y aprobación de labor académica.
5 Contratar Docentes Profesional Universitario de Gestión Humana
Una vez seleccionados los docentes a vincular y aprobados por el Consejo de Facultad correspondiente, el Profesional Universitario de la Oficina de Gestión Humana procede a la contratación, previa aprobación de la labor docente por parte de la Vicerrectoría Académica. Ver: Instructivo para la contratación de docentes ocasionales o catedráticos. TIEMPO: De acuerdo al cronograma de concertación y aprobación de labor académica.
6 Recibir hojas de vida para calcular salario inicial Profesional Universitario Grupo Interno de Desarrollo Docente
El Profesional Universitario de Desarrollo Docente recibe y revisa la hoja de vida del docente con la respectiva documentación anexa según la lista de chequeo. TIEMPO: Cuando sea requerido por la Oficina de Gestión Humana.

Ver Registro(Lista de Chequeo para Asignación de Salario Inicial)
7 Calcular salario inicial de los docentes Profesional Universitario del Grupo Interno de Desarrollo Docente
Con base en los datos recogidos en la lista de chequeo, se ingresa al Módulo de Puntaje Salarial del Sistema SARA y conforme al cálculo realizado en el sistema, se imprime el formato de salario inicial. TIEMPO: Cuando sea requerido.

Ver Registro(Formato para Calcular Salario Inicial de Docentes)
8 Aprobar salario inicial de los docentes Comité de Asignación y Reconocimiento de Puntaje Salarial CIARP
Se presentan las liquidaciones de salario junto con la respectiva hoja de vida del docente para ser aprobado por el Comité de Asignación y Reconocimiento de Puntaje Salarial CIARP que se encarga, de igual forma, de notificar al docente la asignación de puntaje salarial que le corresponde. TIEMPO: Cuando sea requerido.

Ver Registro(Formato para Notificación de Asignación de Puntaje Salarial Inicial)
9 Tramitar evaluación del trabajo para ascenso en el escalafón Docente - Comité de Personal Docente, Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados y Vicerrectoría de proyección universitaria
Previo a la solicitud de ascenso al escalafón en las categorías de Asociado o Titular, el docente puede tramitar la evaluación del o los trabajos para ascenso, en la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados, Vicerrectoría de Proyección o Comité de Personal Docente, dependiendo del tipo de trabajo. Adicional a los soportes correspondientes al trabajo a evaluar, el docente debe diligenciar un formato donde haga constar que el trabajo es exclusivo para tal fin, tal como lo exige el artículo 22 del Estatuto Docente. Tiempo: cuando aplique

Ver Registro(Declaración juramentada - solicitud de ascenso (Asociado o Titular))
10 Tramitar escalafón docente Comité de Personal Docente, Consejo Académico y Oficina de Gestión Humana, Consejo Superior
Cuando el docente cumple con los requisitos establecidos (Ver Desarrollo), solicita su ingreso o ascenso en el escalafón docente mediante oficio dirigido al Comité de Personal Docente (CPD), el cual recomienda al Consejo Académico o al Consejo Superior (para el caso de la categoría de Titular) su ingreso o ascenso al escalafón. El Consejo Académico o el Consejo Superior, ratifica o niega la recomendación del CPD y expide la resolución correspondiente para que se haga efectivo en nómina el puntaje que corresponde al nuevo escalafón. TIEMPO: 60 días calendario a partir de la fecha en que el docente realice su solicitud de promoción.

Ver Registro(Formato de Requisitos de Ingreso o Ascenso para el Escalafón Docente)
11 Realizar inducción de docentes Departamentos, Oficina de Desarrollo Docente.
La Oficina de Desarrollo Docente con el apoyo de los Departamentos y la Oficina de Gestión Humana, programan la jornada de inducción con tiempos y responsables, coordinando agenda de trabajo con las instancias académico-administrativos y solicitando la infraestructura necesaria para realizar la actividad. Luego de haberse realizado la posesión de los docentes de planta, se hace una planeación de los temas a ser incluidos en la inducción, la cual estará a cargo de los directores de departamento a los cuales se les cubrió plazas vacantes, con el apoyo de la Oficina de Desarrollo Docente. TIEMPO: Docentes de planta: Máximo 30 días calendario después del nombramiento.

Registro(Oficio para notificar la programación de inducción y entrenamiento)
12 Solicitar apoyo económico para capacitación formal o no formal: Asistencia a eventos académicos, pasantías y postgrados. Docente, Oficina de Desarrollo Docente, Departamentos, Decanaturas, Vicerrectoría Académica.
El docente puede solicitar apoyo económico cuando requiera ir a un evento académico y cumpla con los requisitos institucionales, para lo cual entrega el formato diligenciado al Departamento al cual pertenece y posteriormente solicita el aval del Decano de la facultad respectiva. Una vez se cuenta con los avales respectivos, se envía a la Oficina de Desarrollo Docente, donde se revisan requisitos de acuerdo a la normativa vigente y se envía a la Vicerrectoría Académica para su aprobación final. La oficina de Desarrollo docente elabora el acto administrativo con el monto aprobado y es enviado a la Oficina Financiera para el trámite respectivo. TIEMPO: Solicitud presentada con una antelación mínima de 15 días hábiles.

Ver Registro(Formato de Apoyo Económico para Capacitación Individual)
13 Suscribir acta de compromiso para capacitación formal Docente y Vicerrector Académico
Una vez aprobado el apoyo económico para educación formal, el docente debe firmar un acta en la cual se compromete a rendir los informes académicos correspondientes y a la acreditación del título, para el cual se le otorgaron apoyos económicos. TIEMPO: Al momento de ser aprobado el apoyo económico

Ver Registro(Acta de Compromiso de Apoyo Económico para Capacitación Formal)
14 Solicitar apoyo económico para capacitación docente grupal por parte de expertos Docente y Grupo Interno de Desarrollo Docente
Los docentes pueden solicitar capacitación grupal siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios para su realización. Para ello deben diligenciar el formato de apoyo económico y adjuntar la documentación solicitada según el tipo de capacitación requerida. La solicitud se envía al Departamento al cual pertenece y posteriormente solicita el aval del Decano de la facultad respectiva. Una vez se cuenta con los avales respectivos, se envía a la Oficina de Desarrollo Docente, donde se revisan requisitos de acuerdo a la normativa vigente y se envía a la Vicerrectoría Académica para su aprobación final. La oficina de Desarrollo docente elabora el acto administrativo con el monto aprobado y es enviado a la Oficina Financiera para el trámite respectivo. TIEMPO: Solicitud presentada con una antelación mínima de 15 días hábiles.

Ver Registro(Formato de solicitud de apoyo económico para capacitación grupal externa)
15 Elaborar Plan de Capacitación del Departamento Director de Departamento
Cada semestre, y de acuerdo a las solicitudes de capacitación individual o grupal realizadas por los docentes y las necesidades específicas identificadas por el colectivo docente, el Director de Departamento elabora el plan de capacitaciones para el año Tiempo: Semestralmente (agosto y febrero de cada vigencia)

Ver Registro(Formato para el Plan de Capacitaciones del Departamento)
16 Aplicar encuesta eficacia de la capacitación o formación docente Docentes
A través de un formato de google forms, se evalúa la eficacia de las capacitaciones o formaciones impartidas a los docentes de la Universidad de Caldas para medir el impacto y la efectividad de estos programas en los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes. Tiempo: La evaluación de la eficacia se realiza 1 mes después de efectuarse la capacitación o formación.

Ver Registro(Formulario de google evaluación eficacia de la capacitación o formación)
17 Realizar jornada de reinducción Oficina de Gestión Humana
El Profesional Universitario de Gestión Humana, coordina la fecha, hora, lugar y metodología de trabajo de cada una de las dependencias a participar en el proceso de reinducción y notifica a través del correo electrónico a los funcionarios seleccionados, solicitando confirmar la asistencia cinco días antes a la actividad. TIEMPO: Cuando se requiera.

Ver Registro(FORMATO PARA REGISTRAR ASISTENCIA A EVENTOS)
18 Fin    

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG Serie Archivo
Acta de Compromiso de Apoyo Económico para Capacitación Formal
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2631-P-DC-767-
Declaración juramentada - solicitud de ascenso (Asociado o Titular)
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-3258-P-DC-767-
FORMATO PARA REGISTRAR ASISTENCIA A EVENTOS
OFICINA DE GESTIÓN HUMANA
R-2566-P-GH-634-
Formato de Apoyo Económico para Capacitación Individual
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2626-P-DC-767-
Formato de Requisitos de Ingreso o Ascenso para el Escalafón Docente
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2625-P-DC-767-
Formato de solicitud de apoyo económico para capacitación grupal externa
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2627-P-DC-767-
Formato para Calcular Salario Inicial de Docentes
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2623-P-DC-767-
Formato para Notificación de Asignación de Puntaje Salarial Inicial
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2624-P-DC-767-
Formato para el Plan de Capacitaciones del Departamento
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2628-P-DC-767-
Formulario de google evaluación eficacia de la capacitación o formación
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-3500-P-DC-767-
Lista de Chequeo para Asignación de Salario Inicial
VICE-RECTORIA ACADEMICA
R-2622-P-DC-767-
Oficio para notificar la programación de inducción y entrenamiento
OFICINA DE DESARROLLO DOCENTE
-ASUNTO

NORMATIVIDAD Y DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Normatividad Interna
NúmeroAñoDescripciónConsultar
0072010POR EL CUAL SE CREA EL FONDO PARA LA FORMACION DOCTORAL DE DOCENTES DE CARRERA DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS
No se encontró información 
No se encontró información 
0032003POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA ASIGNACION SALARIAL DE LOS DOCENTES OCASIONALES Y DE CATEDRA.
021-12005POR EL CUAL SE DEFINEN POLITICAS Y CRITERIOS GENERALES PARA REGULAR LOS PROCESOS DE SELECCION, VINCULACION Y CONTRATACION DE LOS DOCENTES OCASIONALES Y CATEDRATICOS DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS. -ACTUALIZADO
0252005POR EL CUAL SE AUTORIZA COMO MEDIDA TRANSITORIA PARA EL PRIMER PERIODO ACADEMICO DE ANO 2006, LA VINCULACION DE DOCENTES OCASIONAELS Y CATEDRATICOS QUE NO ESTE EN EL REGISTRO DE ELEGIBLES.
009-12007POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTRATACION DE PROFESORES CATEDRATICOS Y PORCENTAJES DE DEDICACION DE PROFESORES OCASIONALES -ACTUALIZADO
No se encontró información 
No se encontró información 
032013POR LA CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL REGISTRO DE ELEGIBLES DE DOCENTES OCASIONALES Y CATEDRATICOS PARA EL PRIMER PERIODO ACADEMICO 2013
0162013POR MEDIO DEL CUAL SE DEFINE LA POLITICA DE LOS CONCURSOS PUBLICOS DE MERITOS PARA INCORPORACION A LA PLANTA DE CARGOS DE DOCENTES Y POSTERIOR INGRESO A CARRERA.
0122003ACUERDO 012 POR EL CUAL SE REGULAN LOS APOYOS PARA CAPACITACION DOCENTE FORMAL Y NO FORMAL.
14-12016POR EL CUAL SE RECONOCE Y ADOPTA EL VALOR DE LA HORA CATEDRA, EL REGIMEN DE PRESTACIONES SOCIALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS DOCENTES DE CATEDRA DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS"_ACTUALIZADO
152015POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS PARAMETROS PARA LA ASIGNACION SALARIAL DE LOS DOCENTES OCASIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS, BAJO EL CRITERIO DE PROPORCIONALIDAD
0302009POR EL CUAL SE MODIFICAN UNAS NORMAS TANTO DE LA POLITICA DE RELEVO GENERACIONAL COMO DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA INCORPORAR A LA PLANTA DOCENTE Y POSTERIOR INGRESO A CARRERA EN LA UNIVERSIDAD DE CALDAS
0462009POR EL CUAL SE DESARROLLAN ASPECTOS PERTINENTES DEL DECRETO 1279 DE 2002 Y DEL ARTICULO 23 DEL ACUERDO 21 DE 2002 CONSEJO SUPERIOR.
0431989POR EL CUAL SE ADOPTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DEL PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD.
021-12002ESTATUTO DE PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS - ACTUALIZADO-
 
Normatividad Externa
NormaAñoDescripciónEmitida PorObservacionesConsultar
1279 de 20022002Por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
 
Tipo: Otros
DescripciónConsultar
ACUERDO 01 DEL GRUPO DE SEGUIMIENTO DEL DECRETO 1279 DE 2002
ACUERDO 03 DE 2007. DEL GRUPO DE SEGUIMIENTO DEL DECRETO 1279 DE 2002
ACUERDO 02 DEL GRUPO DE SEGUIMIENTO DEL DECRETO 1279 DE 2002


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - PROFESOR TITULAR -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
9Se requiere modificación del procedimiento para aclarar políticas y condiciones referenes a la inducción de docentes ocasionales y catedráticos, así como otros aspectos de mejora de redacción.2025-07-08
8Se requiere modificar el procedimiento para incorporar un paso referente a la encuesta eficacia de la capacitación o formación docente.2025-02-20
6Se incluye actividad acerca del trámite de evaluación del trabajo para ascenso en el escalafón, e ingreso del formato de declaración juramentada.2023-08-01
5Se realiza modificación al paso 10, 11, 13 y 14 y se incluyó en políticas y condiciones de operación, la verificación de los puntos docentes. 2022-08-18
4Se realizan ajustes a las políticas y condiciones de operación y a algunas actividades del flujograma.2021-10-27
3Modernización de la imagen del SIG.2019-10-18
2Se hace necesario agregar el acta de compromiso que el docente debe diligenciar cuando se le otorga aprobación para capacitación formal, de manera que queden explícitos los compromisos relacionados con la entrega de informes y la acreditación del título una vez se haya finalizado el programa académico. 2017-08-14
1Versión inicial2017-08-13


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