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Procedimiento para adelantar procesos electorales |
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| PROCESO | GESTIóN JURíDICA |
| OBJETIVO |
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Coordinar y garantizar la organización, desarrollo y control de los procesos electorales institucionales en la Universidad de Caldas, asegurando la transparencia, legalidad, participación y trazabilidad en la elección, consulta, remoción o reelección de representantes de los distintos estamentos y de los cargos de dirección establecidos en la normativa institucional.
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| ALCANCE |
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Este procedimiento aplica a todos los procesos electorales que se adelanten en la Universidad de Caldas para la elección, consulta, remoción o reelección de representantes de los estamentos docente, estudiantil, administrativo y de graduados, así como de los cargos de Rector, Decanos, Directores de Departamento y Directores de Programa. Inicia con la expedición del acto administrativo de convocatoria a elecciones y finaliza con la publicación del acto administrativo que declara electos a los representantes o cargos correspondientes, incluyendo las reclamaciones y recursos presentados durante el proceso y el archivo de los registros en el Sistema de Gestión Documental Institucional.
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| RESPONSABLES | ||||||||||
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| DEFINICIONES Y TÉRMINOS | ||||||||||||||||||||||||||
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| POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN |
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Elecciones a Cargos y Representantes de los Estamentos Para elecciones a los cargos de Rector, Decanos, Directores de Programa y Departamento y elecciones para representantes a los estamentos docente, estudiantil y de graduados en los comités, comisiones, mesas y demás cuerpos colegiados que operan en la Universidad de Caldas - ver: G-GJ-875-Guía para adelantar elecciones en la Universidad de Caldas Elección de los Representantes de los Egresados:
Para el caso de la elección de Representantes de los Egresados se convoca a asamblea a los exalumnos de la Universidad de Caldas con el fin de elegir representantes y suplentes al respectivo Consejo de Facultad, con el apoyo y la asesoría de la Oficina de Egresados, de conformidad con la convocatoria para elecciones de representantes a los Consejos Superior y Académico. En ésta se eligen dos (2) egresados graduados en alguno de los programas ofrecidos por la Facultad, no vinculados laboralmente con la Universidad y elegidos por la asamblea para un periodo de dos (2) años. Cada decano publica el acta de la asamblea con los elegidos. Posteriormente el Jefe de egresados convoca a asamblea de egresados a los elegidos como representantes a los Consejos de Facultad, para elegir entre ellos el representante y suplente al Consejo Superior y Consejo Académico, se publica acta con los elegidos y se envía a quien corresponda.
La reglamentación de las actividades descritas, se encuentra establecida en el Acuerdo 064 de 1997, adicionado por el Acuerdo 065 de 1998 y el Artículo 1 del Acuerdo 12 de 2006.
Para el caso de los representantes de los egresados con su respectivo suplente, se eligen por los egresados miembros de los Consejos de Facultad, para un periodo de 2 años de conformidad con lo señalado en el literal g del Artículo 15 y g del Artículo 21 del Acuerdo 064 de 1997 (Estatuto General).
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| DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | |||||
| No. | Actividad | Responsable | Descripción | ||
| 1 | Inicio | ||||
| 2 | Proyectar acto administrativo que convoca proceso electoral | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe |
Se proyecta el acto administrativo correspondiente a la convocatoria para elegir a los representantes estudiantiles, docentes y graduados, ante los Consejos Superior, Académico y de Facultades. |
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| 3 | Aprobar proyecto de Acto Administrativo | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. |
Se cita a sesión del Comité Central de Elecciones, con el propósito de exponer el contenido del proyecto del acto administrativo que convoca proceso electoral, para su revisión y ajustes pertinentes. |
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| 4 | Expedir Acto Administrativo | Comité Central de Elecciones |
El Presidente y el Secretario del Comité Central de Elecciones suscriben el acto administrativo de convocatoria, una vez aprobado su contenido, formalizando así el inicio del proceso electoral conforme a la normativa institucional vigente. |
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| 5 | Publicar el Acto Administrativo | Profesional Universitario Secretaría General o a quien se designe. Profesional Especializado Sección Sistemas |
Se gestiona la publicación del acto administrativo de convocatoria en la página web institucional y demás medios oficiales, garantizando la divulgación oportuna y el acceso a la información por parte de la comunidad universitaria.
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| 6 | Solicitar Censo Electoral | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. |
Se solicita a las Oficinas de Gestión Humana, Admisiones y Registro Académico, y Egresados el envío de la información actualizada de las personas habilitadas para participar en el proceso electoral, conforme a los criterios establecidos en el Estatuto Electoral. |
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| 7 | Remisión de la Base de Datos | Jefes Oficinas de Gestión Humana, Admisiones y Registro Académico, de Graduados, Jefe Oficina de Planeación Coordinador Grupo Sistemas |
Una vez consolidadas las bases de datos remitidas por las dependencias, la información, se envía a la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas, para su validación y depuración, de acuerdo con las reglas de votación y los criterios de habilitación establecidos en el Estatuto Electoral. |
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| 8 | Publicar Censo Provisional | Jefe Oficina de Planeación Coordinador de Grupo Sistemas Profesional Especializado Sección Sistemas |
Se publica el censo electoral provisional en la página web institucional, permitiendo a los integrantes de la comunidad universitaria verificar su inclusión y presentar las observaciones o reclamaciones a que haya lugar dentro del plazo establecido. |
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| 9 | Solicitar inclusión | Estudiantes, Docentes, Graduados. Jefe Oficina de Planeación Coordinador Grupo Sistemas |
Los interesados presentan sus solicitudes de inclusión o corrección en el censo electoral a través del aplicativo dispuesto por la Oficina de Planeación, adjuntando la información o soportes necesarios para su verificación. |
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| 10 | Resolver inclusiones | Jefe Oficina Planeación |
Se estudian las solicitudes de inclusión verificando requisitos habilitantes y se notifica la decisión a través de correo electrónico u otro medio. |
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| 11 | Publicar el Censo Definitivo | Oficina de Planeación Profesional Especializado Sección Sistemas |
Se publica el listado definitivo de las personas habilitadas para participar con su voto en el proceso electoral. |
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| 12 | Postulación de aspirantes representantes en los Consejos Superior y Académico | Aspirantes a representante. Secretaría General |
Se hará ante la Secretaría General mediante la presentación del formato dispuesto para el efecto, debidamente diligenciado y suscrito por los candidatos principal y suplente, respectivamente, acompañado de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo Nro. 47 de 2017 –Estatuto General- para ser representante en los Consejos Superior y Académico. |
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| 13 | Postulación de aspirantes representantes en el Consejo de Facultad | Aspirantes a representante. Secretaría General |
Se hará ante la Secretaría General mediante la presentación del formato dispuesto para el efecto, debidamente diligenciado y suscrito por los candidatos principales y suplente, respectivamente, acompañado de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo Nro. 47 de 2017 –Estatuto General- para ser representante al Consejo de Facultad.
Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 14 | Remitir las candidaturas | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe |
La Secretaría General remitirá al Comité Central de Elecciones las candidaturas inscritas. Tiempo: Al día hábil siguiente de finalizado el término para la inscripción de las candidaturas |
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| 15 | Verificar cumplimiento de requisitos para inscribirse | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Comité Central de Elecciones |
El Comité Central de Elecciones verificará el cumplimiento de los requisitos de inscripción de los aspirantes y dará a conocer los resultados mediante acto administrativo. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 16 | Publicar acto administrativo de inscritos | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Profesional Especializado Sección Sistemas |
Publicación del acto administrativo donde se dan a conocer a la Comunidad Universitaria, los inscritos como candidatos a representar los estamentos en los Consejos Superior, Académico y de Facultad. Contra este acto administrativo procederá el recurso de reposición.
Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 17 | Resolver recursos | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Comité Central de Elecciones |
Se resuelven las reclamaciones a la lista de candidatos, mediante acto administrativo y se notifica la decisión a través de correo electrónico u otro medio. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 18 | Campaña Electoral | Candidatos Comité Central de Elecciones |
Desde la fecha de la publicación de los resultados de verificación de requisitos de los aspirantes y hasta el día previo a la jornada de votación, tanto electores como candidatos podrán celebrar reuniones o actos de información electoral. El Comité Central de Elecciones velará por conseguir el mayor nivel de participación en los procesos electorales generales o de concurrencia múltiple, desarrollando a tal fin, durante el período electoral, campañas institucionales de información electoral y fomento del voto. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 19 | Preparar logística para las elecciones | Secretaria General Comité Central de Elecciones Jefe Oficina de Planeación |
Las dependencias involucradas, coordinarán todo lo necesario para llevar a cabo los procesos de apertura de las votaciones, votación, y cierre de estas. |
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| 20 | Apertura de las votaciones | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Comité Central de Elecciones |
Mediante la suscripción de un acta por los integrantes del Comité Central de Elecciones, en la cual se dejará constancia del estado inicial de la base de datos y de cualquier otra situación. Tiempo: A la hora señalada en el cronograma. |
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| 21 | Votación | Comité Central de Elecciones |
Deberán observarse las reglas del inciso 3 del artículo 3, del artículo 34 y del artículo 35 para llevar a cabo la misma. Tiempo: El proceso de votación se desarrollará durante un periodo de 12 horas en la fecha señalada en el cronograma determinado en el acto administrativo que convoca elecciones. |
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| 22 | Cierre de las votaciones | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Comité Central de Elecciones |
Mediante acta suscrita por los integrantes del Comité Central de Elecciones, en la que dejarán constancia del estado final de la base de datos, los resultados arrojados por el aplicativo informático y de cualquiera otra circunstancia que se considere pertinente.
Tiempo: A la hora señalada en el cronograma. |
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| 23 | Proyectar acto administrativo que declara electos | Profesional Universitario- Secretaría General o quien se designe. |
Se proyectan los actos administrativos correspondientes, que declaren electos a los candidatos principal y suplente que obtengan el mayor número de votos en el respectivo cuerpo electoral. En el caso de que el voto en blanco sea mayoritario, se convocará a otro proceso de elección, conforme a las reglas del Estatuto Electoral. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria. |
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| 24 | Socializar proyecto de acto administrativo que declara electos | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe |
Se expone al Comité Central de Elecciones, el contenido del proyecto de acto administrativo, para revisión y ajustes pertinentes. Tiempo: Cuando sea requerido |
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| 25 | Expedir acto administrativo que declara electos | Comité Central de Elecciones |
El Presidente y el Secretario del Comité Central de Elecciones suscriben el acto administrativo que convoca a elecciones. Tiempo: Cuando sea requerido. |
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| 26 | Publicar el acto administrativo que declara electos | Profesional Universitario Secretaría General o quien se designe. Profesional Especializado Sección Sistemas |
Envío del acto administrativo que declare electos, para su publicación a la comunidad en la página web de la Universidad. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria |
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| 27 | Resolver recursos | Comité Central de Elecciones |
Se resuelven los recursos de reposición interpuestos en contra del acto administrativo que declare electos y se notifican mediante correo electrónico u otro medio. Tiempo: De conformidad con el cronograma de la convocatoria |
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| 28 | Fin | ||||
| ELABORÓ | REVISÓ | APROBÓ |
| Andrea Diaz García - Líder del Grupo de Gestión Jurídica | JEFE DE OFICINA ASESORA - | SECRETARIO GENERAL - |
| HISTORIAL DE CAMBIOS | ||
| 2 | Se requiere actualizar el procedimiento con cambios de forma para ampliar la claridad, coherencia y correcta aplicación del proceso. | 2025-12-03 |
| 1 | Versión inicial | 2020-05-21 |
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