Confidential

PROCEDIMIENTO PARA CIERRE DE PROGRAMAS DE POSGRADO

Código: P-IN-884
Versión: 3
Emisión: 2025-01-20

PROCESO INVESTIGACIONES Y POSGRADOS

OBJETIVO
Este procedimiento tiene como objetivo, llevar a cabo la inactivación o cierre definitivo de un programa de posgrado, previo análisis de condiciones académicas y administrativas consideradas en el Acuerdo 025 de 2019 del Consejo Superior.

ALCANCE
Inicia con la evaluación académica y administrativa del programa de posgrado y culmina con la expedición del Acuerdo de inactivación del programa por parte del Consejo Superior.

RESPONSABLES

 

Consejo Superior Después de la revisión de requisitos y recomendaciones, es responsable de aprobar la inactivación del registro calificado del programa académico de posgrado.
Consejo Académico Analizar y recomendar la inactivación de un programa académico de posgrado.
Vicerrectoría Académica Realizar seguimiento y su respetivo informe de indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado, enviarlo a los Consejos de las Facultades. 
Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados Realizar seguimiento  y su respetivo informe de indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado, enviarlo a los Consejos de las Facultades. Así como realizar la revisión y evaluación del oficio con las consideraciones para el fortalecimiento o inactivación de los posgrados por parte de los Consejos de Facultad. 
Consejo(s) de Facultad (es) Revisar y analizar el seguimiento al informe de indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado, y enviar oficio con las consideraciones para el fortalecimiento o inactivación de los posgrados la Facultad. (Para ello cuanta con un plazo de 30 días). 
Comisión Central de Investigaciones y Posgrados Debe realizar el análisis de la recomendación de inactivación y realizar su recomendación. 

 


DEFINICIONES Y TÉRMINOS

 

Registro Calificado Es la licencia que el MEN otorga a un programa de Educación Superior cuando demuestra ante el mismo que reúne las condiciones de calidad que la ley exige.

 


POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 

El Acuerdo 25 de 2019 que orienta la Política de Posgrados en la Universidad de Caldas plantea en el Artículo 9, que el Consejo Superior, por motivos de carácter Académico, podrá cerrar de manera definitiva un programa de posgrado. La inactivación de un programa por 8 periodos consecutivos (4 años sin apertura de cohorte) y el comportamiento de la matrícula en los últimos 5 años, se constituyen en las dos principales causales, análisis que deberá ser complementado con información sobre otras consideraciones académicas. Corresponde a la Comisión Central de Investigaciones y Posgrados realizar el análisis y recomendar al Consejo Académico lo pertinente al cierre del programa.


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio    
2 Realizar seguimiento a indicadores de funcionamiento de los programas de posgrados con registro calificado vigente Consejo de Facultad
Realizar un informe de indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado de la facultad. Tiempo: anual.

Registro(Informe general sobre los indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado de la facultad.)
3 Revisión y análisis del informe de seguimiento a los indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado por parte del Consejo de Facultad Consejo de Facultad - Directores de programa de posgrado
El Consejo de Facultad analiza el informe de seguimiento a los indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado y recomienda: 1. Estrategias para el fortalecimiento del programa. 2. La inactivación de aquellos programas cuyas condiciones de funcionamiento así lo determinen. Tiempo: En las sesiones respectivas de Consejo de Facultad.

Registro(Acta Consejo de Facultad con análisis del seguimiento a indicadores de funcionamiento de los posgrados, aprobación de estrategias para su fortalecimiento y recomendación de inactivación de posgrados, si aplica.)
4 Remisión a la Oficina de Posgrados de la Vicerrectoría de Investigación y Posgrados del acta del Consejo de Facultad con las recomendaciones para el fortalecimiento o inactivación de programas de posgrados Consejo de Facultad
Cada Consejo de Facultad deberá remitir a la Oficina de Posgrados un oficio con recomendaciones para el fortalecimiento o inactivación de programas de posgrado, según sea el caso. Si se sugiere la inactivación de un programa de posgrado, la solicitud deberá estar debidamente argumentada e incluir un plan de transición orientado a garantizar la graduación de los estudiantes de cohortes activas. Tiempo: 30 días después de recibido el informe de seguimiento. Tiempo: Posterior al análisis.

Registro(Oficio de remisión de las recomendaciones para el fortalecimiento del programa de posgrado u oficio de remisión de la inactivación del programa de posgrado que incluye la justificación y plan de transición para las cohortes activas)
5 Remisión a la Comisión Central de Investigaciones y Posgrados de la recomendación de inactivación del programa de posgrado Oficina de Posgrados - Comisión Central de Investigaciones y Posgrados
La Oficina de Posgrados remite a la Comisión Central de Investigaciones y Posgrados el oficio del Consejo de Facultad con la recomendación de inactivación del programa de posgrado. Corresponde a la Comisión Central de Investigaciones y Posgrados realizar el análisis de la recomendación de inactivación realizada por el Consejo de Facultad, a fin de recomendar lo pertinente a la inactivación del programa. Tiempo: Posterior a la revisión.

Registro(Oficio de recomendación de inactivación del programa de posgrado )
6 Remisión al Consejo Académico del oficio de recomendación de inactivación de programa de posgrado y el acta del Consejo de Facultad Comisión Central de Investigaciones y Posgrados
La Comisión Central de Investigaciones y Posgrados remite al Consejo Académico el oficio de recomendación de inactivación de programa de posgrado y el acta del Consejo de Facultad. Tiempo: según agendas de la Comisión Central de Investigaciones y Posgrados.

Registro(Oficio remisorio con anexos)
7 Analizar y recomendar la inactivación de un programa académico Consejo Académico
Corresponde al Consejo Académico analizar y avalar la inactivación de un programa académico, lo cual se constituye en recomendación previa a la decisión final por parte del Consejo Superior. Tiempo: según agendas del Consejo Académico.

Registro(Acta del Consejo Académico donde se recomienda la inactivación del programa y oficio de recomendación de inactivación al Consejo Superior)
8 Aprobación de la inactivación de un programa académico Consejo Superior
Una vez analizada toda la documentación y soportes, así como la recomendación del Consejo Académico, el Consejo Superior podrá aprobar la inactivación del registro calificado del programa académico. Una vez expedido el Acuerdo de inactivación del programa de posgrado, la Vicerrectoría Académica continuará con los trámites correspondientes. Tiempo: según agendas del Consejo Superior.

Registro(Acuerdo de inactivación del programa académico)
9 Fin    

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG
Acta Consejo de Facultad con análisis del seguimiento a indicadores de funcionamiento de los posgrados, aprobación de estrategias para su fortalecimiento y recomendación de inactivación de posgrados, si aplica.
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Acta del Consejo Académico donde se recomienda la inactivación del programa y oficio de recomendación de inactivación al Consejo Superior
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Acuerdo de inactivación del programa académico
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Informe general sobre los indicadores de funcionamiento de los programas de posgrado de la facultad.
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Oficio de recomendación de inactivación del programa de posgrado
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Oficio de remisión de las recomendaciones para el fortalecimiento del programa de posgrado u oficio de remisión de la inactivación del programa de posgrado que incluye la justificación y plan de transición para las cohortes activas
VICE-RECTORIA DE INVESTIGACIONES
--
Oficio remisorio con anexos
CONSEJO ACADÉMICO Y SUPERIOR
--



ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - PROFESOR ASOCIADO -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
3Se realiza ajuste al procedimiento de cierre de programa de posgrados para modificar los registros del documento y responsables.2025-01-20
2Se incluyen las responsabilidades de los actores y se ajusta la actividad No. 5 incorporando los tiempos de respuesta al informe de seguimiento de la Vicerrectoría de Investigaciones y posgrados.2022-06-30
1Versión inicial2020-07-24


DOCUMENTO CONTROLADO: Si usted copia o imprime este documento, el Sistema Integrado de Gestión de la Universidad de Caldas lo considerará No Controlado y no se hace responsable por su consulta o uso.
Si desea consultar la versión actualizada y controlada de este documento, consulte siempre la página web http://www.ucaldas.edu.co/, en el enlace SIG