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GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DE UNA NOTICIA DISCIPLINARIA

Código: G-CD-930
Versión: 2
Emisión: 2022-10-14

PROCESO CONTROL DISCIPLINARIO

OBJETIVO
Definir los lineamientos para la presentación de una noticia disciplinaria que, de trámite al inicio de las actuaciones disciplinarias en contra del personal docente, administrativos, trabajadores oficiales, y estudiantes, indistintamente su tipo de vinculación.

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 GENERALIDADES:

 

Noticia disciplinaria: Son noticias disciplinarias toda información referida a una posible conducta con connotación disciplinaria por parte de cualquiera de los sujetos disciplinarios. Las noticias disciplinarias, se clasifican en quejas e informes de servidor público.

 

Queja: Es aquella formulada por cualquier persona que tiene un interés particular en el asunto al sentirse afectado con la conducta descrita como falta disciplinara. La queja debe contener los requisitos consagrados para la interposición del derecho de petición contemplados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan. 

 

Informe de servidor público: Documento a través del cual un servidor público da a conocer un hecho presuntamente constitutivo de falta disciplinaria el cual advirtió en ejercicio de sus funciones. El servidor público está en obligar de informar la ocurrencia del hecho, mediante informe escrito en el que se relacionen en forma detallada los hechos presuntamente irregulares, señalando las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la conducta, y adjuntando las pruebas que tenga en su poder.

 

CONTENIDO DE LA QUEJA O INFORME DE SERVIDOR PÚBLICO:

 

1.  Destinatario: La queja o informe se dirige al Grupo Interno de Control Disciplinario.

2.  Identificación del quejoso o informante: Nombre completo del quejoso e informante con señalamiento de su identificación, la calidad en la actúa (si es servidor público el cargo) y dirección para notificaciones.

3.  Hechos: Debe relacionarse los hechos en el orden cronológico en que sucedieron.

Esta descripción debe ser detallada con especificación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar como sucedieron.

El relato está completo cuando responde a las siguientes preguntas:

 

  • ¿Qué sucedió?
  • ¿Cómo?
  • ¿Cuándo?
  • ¿En dónde?
  • ¿Por qué es irregular?

4.  Presunto sujeto disciplinable: Si es posible (si se conoce), señalar el presunto autor de la conducta irregular.  Lo anterior, respondería a la pregunta ¿Quién lo hizo?

5.   Pruebas: Al escrito de queja o al informe de servidor público se le podrán aportar pruebas que acrediten los hechos mencionados o podrán señalarse aquellas que se consideren pertinentes para corroborar la existencia de la conducta irregular.

 

- Documentales: Aquellas que obren por escrito tales como contratos, facturas, recibos, fotografías videos, actas, etc. 

 

- Testimoniales: Personas a quienes les conste los hechos que pone en conocimiento, señalando frente a que pueden declarar. Indicar nombre completo y donde pueden ser contactadas.

 

- Inspección disciplinaria o visita especial: Señalamiento de objetos, documentos, cosas, lugares que puedan ser verificadas mediante inspección presencial.

 

Mediante el siguiente formato podrá realizar la respectiva presentación de la noticia disciplinaria ante el Grupo interno de Control Disciplinario. 

 

TRÁMITE PARA RADICAR UNA NOTICIA DISCIPLINARIA. 

 

  • Toda queja o informe de servidor referente a una posible conducta con connotación disciplinaria, que es dirigida al Grupo de Control Interno Disciplinario debe ser radicada previamente en la Oficina de Atención al Ciudadano, en forma presencial en la Ventanilla única o a través del correo electrónico atencionalciudadano@ucaldas.edu.co

 

  • La Oficina de Atención al Ciudadano le asigna un radicado de noticia disciplinaria y la envía a través del sistema de información documental Admiarchi al profesional especializado de instrucción del Grupo Interno de Control Disciplinario.

 

  • Recibida la noticia disciplinaria en el Grupo Interno de Control Disciplinario el Profesional Especializado de Instrucción Grupo Interno de Control Disciplinario realiza el reparto de la entre los funcionarios instructores.

 

  • El funcionario instructor analiza y evalúa la noticia disciplinaria para determinar si hay lugar iniciar o no una actuación disciplinaria.

 

  • La decisión adoptada le es comunicada al quejoso o informante con copia a la Oficina de Atención al Ciudadano para que le de cierre a la noticia disciplinaria en el sistema de información documental Admiarchi.

 


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - JEFE DE OFICINA ASESORA - SECRETARIO GENERAL -

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
2Se incorpora formato para presentar noticia disciplinaria. 2022-10-14
1Versión inicial2022-09-06



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