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PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN CURRICULAR

Código: P-DC-774
Versión: 7
Emisión: 2022-11-30

PROCESO DOCENCIA

OBJETIVO
Aplicar adecuadamente los lineamientos curriculares establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y por la Universidad de Caldas, para la oferta de programas académicos en los diferentes niveles de formación (técnico, tecnológico, profesional, especialización, maestría y doctorado), con el fin de dar cumplimiento a la misión educativa institucional.

ALCANCE
El procedimiento inicia con el establecimiento y actualización de los lineamientos curriculares por parte del Consejo Académico hasta la formulación de acciones de mejora a partir de la evaluación curricular realizada a cada programa.

RESPONSABLES

 

VICERRECTORÍA ACADÉMICA:

Corresponde a la Vicerrectoría Académica gestionar y administrar los temas académicos de la Universidad de Caldas, dando aplicación a las normas institucionales en la materia.

CONSEJO ACADÉMICO:

Corresponde al Consejo Académico actualizar y aprobar los lineamientos curriculares, así como establecer las líneas de trabajo en materia académica.

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS ACADÉMICOS:

Corresponde a la Comisión de Asuntos Académicos revisar las solicitudes de los programas para ajuste en sus estructuras curriculares o propuestas para la creación de nuevos programas, en articulación con los lineamientos internos y las normas de carácter nacional expedidas por el Ministerio de Educación Nacional.

COMITÉS DE CURRÍCULO:

Corresponde a los Comités de Currículo de los programas analizar y recomendar propuestas de creación o modificación de los programas institucionales de actividades académicas – PIAA, así como la evaluación curricular del programa.

CONSEJOS DE FACULTAD:

Corresponde a los Consejos de Facultad ajustar y avalar las propuestas de ajuste a los planes curriculares presentados por los programas académicos, aprobación de labores académicas fruto de las concertaciones en los diferentes departamentos.

OFICINA DE ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO: Corresponde a la Oficina de Admisiones y Registro Académico registrar en el Sistema de Información Académica, el plan de estudios y toda su estructura, con la autorización previa de la Oficina de Evaluación y Calidad Académica y por solicitud del director de programa correspondiente, quien deberá realizar verificación en el sistema de información académico una vez se cree.
OFICINA DE EVALUACIÓN Y CALIDAD ACADÉMICA: Corresponde a la Oficina de Evaluación y Calidad académica gestionar y coordinar todos los procesos para la obtención o renovación de registros calificados de los programas académicos, así como el reporte de ajustes a los programas ante el MEN. Así mismo, le corresponde coordinar, en articulación con los programas, la construcción y seguimiento a los planes de mejoramiento de los mismos.
 DIRECTORES DE PROGRAMA: Corresponde a los Directores de programa la administración de los planes curriculares de los programas académicos, la formulación de los planes de mejoramiento, así como la demanda de actividades académicas.
 DIRECTORES DE DEPARTAMENTO: Corresponde a los Directores de Departamentos ofertar actividades académicas, tener actualizados los programas institucionales de actividad académica -PIAAS- registrados en el -SIA-  y concertar las labores académicas de los docentes.  Así mismo verificar la oferta de asignaturas del departamento para garantizar su vigencia y pertinencia de la oferta con respecto a lo aprobado por las instancias correspondientes.

 


DEFINICIONES Y TÉRMINOS

 

CURRÍCULO:

Conjunto de criterios, planes de estudio, metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional.

POLÍTICA CURRICULAR:

Lineamientos mediante los cuales se orientan, regulan y definen los criterios para la planeación, organización, desarrollo, seguimiento y evaluación de los procesos curriculares y pedagógicos de la Institución (Acuerdo 029 de 2008 - Consejo Académico).

ESTRUCTURA CURRICULAR:

Conjunto de componentes de formación que integran un programa académico de pregrado y postgrado, cuya combinación caracteriza los programas técnico-profesionales, tecnológicos, profesionales, de especialización, maestría y doctorado que ofrece la Universidad (Acuerdo 029 de 2008 - Consejo Académico).

PLAN CURRICULAR:

Documento formal debidamente aprobado y sistematizado el cual deberá contener la información básica del programa, como su objeto de estudio, justificación y plan de estudios, en los que se evidencie la pertinencia del programa académico de acuerdo a las necesidades reales de formación del país.

PLAN DE ESTUDIOS:

Esquema estructurado de las actividades académicas obligatorias, electivas y opcionales de un programa académico, que forman parte de los currículos en los establecimientos educativos.

ACTIVIDAD ACADÉMICA:

Son los cursos, asignaturas (obligatorias, electivas u opcionales), participaciones acreditables y trabajos de grado contenidos en los planes de formación de los programas de pregrado o de postgrado, formalmente aprobados por la Universidad.

 PIAA

El Programa Institucional de Actividad Académica, según Política Curricular, deberá contener como mínimo la siguiente información:

 

a) Universidad de Caldas (identificación institucional)

b) Facultad de ... (identificación institucional)

c) Departamento de ... (identificación institucional

d) Código y nombre de la actividad académica

e) Aprobación: fecha y acta del Consejo de Facultad

f) Modificación: fecha y acta del Consejo de Facultad

g) Programas a los que se le ofrece (incluye el componente de formación al cual pertenece. 

h) Si es abierta a los egresados o a la comunidad general.

i) Cupo

j) Número de créditos que otorga

k) Horas presenciales, no presenciales, teóricas y prácticas del estudiante. Horas presenciales del profesor.

l) Requisitos diferenciados por programas para el caso de actividad académica polivalente.

m) Tipo de asignatura: teórica, práctica, teórico-práctica, habilitable.

n) Horas de inasistencia con excusa y sin excusa con las que se reprueba (sólo si son diferentes a las establecidas en el reglamento estudiantil)

o) Justificación

p) Objetivos generales y específicos

q) Competencias genéricas y específicas

r) Resultados de aprendizaje esperados

s) Contenido presentado por temas

t) Metodología para desarrollar la actividad académica

u) Criterios generales de evaluación

v) Referencias bibliográficas

 SIA: Sistema de Información Académica.

 

 


POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

 

COMITÉ DE CURRICULO:

 

En el Acuerdo Nro. 33 del 8 de noviembre del 2019 del Consejo Superior, se establecen las disposiciones en torno a los Comités de Currículo, los cuales para los programas de pregrado, estarán constituidos por: Director de programa, quien lo presidirá. Un profesor de planta representante de cada uno de los departamentos que le aporten al programa al menos el 15% de sus créditos obligatorios, elegido entre sus miembros, siempre que no sea el Director del Departamento. En el caso que solo un Departamento oferte el 85% o más de sus créditos obligatorios, serán dos profesores de ese Departamento. Tres representantes estudiantiles que hayan cursado al menos el 40% de los créditos obligatorios del programa y que tengan un promedio acumulado igual o superior al percentil 70 del programa, con sus respectivos suplentes. Dos representantes de los graduados con su respectivo suplente que no ostenten relación laboral alguna con la Universidad.

 

El comité de Currículo de los programas de posgrado estará constituido por: El director del programa, quien lo presidirá. Dos profesores de planta y su respectivo suplente del Departamento que oferte el mayor número de créditos al programa. Dos estudiantes y sus respectivos suplentes. Dos graduados y su respectivo suplente, que no ostente relación laboral alguna con la Universidad. El comité de Currículo podrá invitar a sus sesiones por intermedio de su presidente a quien estime conveniente. Los comités de currículo que por las condiciones del programa no puedan conformarse de conformidad con el presente artículo, funcionarán con los miembros que permita su condición hasta tanto logre completarse. La elección de los representantes se realizará conforme a lo estipulado en el Estatuto Electoral.

 

Los Comités de Currículo de los programas de pregrado deberán reunirse por lo menos una vez al mes. Los Comités de Currículo de los programas de posgrado deberán reunirse por lo menos una vez al semestre.

  


DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
No. Actividad Responsable Descripción
1 Inicio    
2 Actualizar política curricular. Consejo Académico De acuerdo con los avances del conocimiento y las necesidades y características encontradas en el entorno nacional e internacional, el Consejo Académico actualizará la política curricular institucional, a partir de propuestas formales discutidas y concertadas con distintos equipos interdisciplinarios de las Facultades y la Vicerrectoría Académica.

Tiempo: Permanente

Registro(Política Curricular )
3 Construir y modificar planes curriculares de los programas académicos. Director de programa - Comités de Currículo - Consejo de Facultad Los programas académicos, atendiendo las necesidades de mejoramiento continuo y los procesos de modernización curricular, propondrán modificaciones o nuevas posibilidades en concordancia con lineamientos propios de la articulación de los niveles de formación (técnico, tecnológico, profesional, especialización, maestrías y doctorados) y las posibilidades de doble titulación en las distintas disciplinas del conocimiento.

Tiempo: Permanente

Registro(Programa Académico.)
4 Crear propuestas de nuevos programas académicos. Responsable designado por el respectivo Consejo de Facultad El responsable designado elabora la propuesta de creación del programa, la cual debe incluir:

1. Alineación académica de acuerdo con la Política Curricular de la institución y con los lineamientos de las normas expedidas por el Ministerio de Educación Nacional, avalada por la Oficina de Evaluación y Calidad Académica.
2. Análisis de necesidades de infraestructura avalada por la Oficina de Planeación y Sistemas.
3. Análisis de plan de estudios, oferta académica, perfil del egresado.
4. Análisis presupuestal de costos y gastos para la oferta del programa.
5. Líneas de investigación y grupos de investigación con los que se articula el programa.
6. Otros que surjan de la misma dinámica de mejoramiento y/o construcción de programas.

Tiempo: según instructivo.
5 Modificar programas académicos. Director de programa - Comités de Currículo - Consejo de Facultad En caso de requerirse ajustes en la estructura curricular de un programa, el director del mismo y el comité de currículo respectivo elevan ante el Consejo de Facultad la propuesta y recomendación de ajuste, con el fin de contar con el aval para su notificación al Ministerio de Educación Nacional, a través de la plataforma SACES.

Dependiendo del tipo de modificación, se deberá aplicar lo comtemplado en la Política Curricular Institucional, con respecto a las instancias aprobatorias.

Tiempo: permanente.
6 Estructurar contenidos curriculares. Director de programa - Comité de Currículo - Consejo de Facultad Se organizan los contenidos por componentes de formación establecidos en la Política Curricular, se realiza la caracterización del tipo de asignaturas, se definen las participaciones acreditables en el marco de los programas propuestos y se elaboran los programas institucionales de actividad académica PIAA, en el que se consolidan las características anteriores.

Tiempo: Permanente

Registro(Programas institucionales de actividad académica - PIAA)
7 Elaborar y aprobar calendarios académicos. Vicerrectoría Académica - Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados - Consejo Académico Se elabora la propuesta para los respectivos calendarios académicos, en todas las modalidades de programas que se ofrecen en la Universidad de Caldas.

Tiempo: Anualmente

Registro(Calendario académico)
8 Concertar y aprobar labores académicas. Vicerrectoría Académica - Colectivos docentes de los Departamentos - Consejos de Facultad Se define el cronograma de concertación de labores académicas teniendo en cuenta el calendario académico definido por el Consejo Académico y el cronograma de concertación establecido por la Vicerrectoría Académica.

Para programar las actividades académicas de formación general y de competencias de Docencia, Investigación y Proyección, el director de departamento cita a reunión obligatoria de profesores de planta para analizar y aprobar su labor y antes de concertar la labor de ocasionales y catedráticos, revisando si en los demás Departamentos de la Universidad existe algún profesor de planta que oriente alguna o algunas actividades pendientes por asignar.

Tiempo: Según Instructivo para la concertación y aprobación de labores académicas.

Registro(Labor registrada en el SIA. )
9 Crear, aprobar y modificar actividades académicas. Comités de Currículo - Consejos de Facultad La propuesta para la creación puede partir de la iniciativa del Comité de Currículo, el cual estudia si la propuesta es concordante con el objeto de estudio del programa académico y su estructura curricular y emite su recomendación de aprobación. Se envía la propuesta al Consejo de Facultad para su estudio y aprobación. Se aprueba mediante acta de Consejo de Facultad.

Los Departamentos deben atender los requerimientos de los programas en tanto asignaturas obligatorias, electivas y de profundización que permitan una formación más interdisciplinaria. El proceso para modificar una actividad académica debe surtir el mismo conducto regular.

Al modificarse el nombre, número de créditos, presencialidad, horas teóricas y horas prácticas, el departamento debe crear una nueva actividad académica y ello implica un nuevo código, a la cual se le asociará el PIAA con los ajustes, es decir su nueva versión.

Para los cambios en presencialidad y/o la incorporación de salidas académicas, viajes de estudio o todo aquello que requiera recursos físicos o financieros, el departamento con aval del Consejo de Facultad deberá enviar solicitud a la Oficina de Planeación y Sistemas, quien una vez revise la viabilidad enviará para análisis y aprobación al comité de viajes de estudio.

Tiempo: Según necesidades del Programa Académico.

Ver Registro(Formato para la creación y modificación de actividades academicas.)
10 Avalar la creación de actividad académica.
Oficina de Evaluación y Calidad Académica - Oficina de Admisiones y Registro Académico El Director de Departamento notifica mediante oficio a la Oficina de Evaluación y Calidad Académica sobre la creación de la nueva actividad académica, adjuntando los respectivos soportes de aprobación para su revisión y reporte al MEN. Luego de ello, la Oficina de Admisiones y Registro Académico contará con la autorización para realizar los ajustes del caso en el SIA.

Tiempo: Posterior a la aprobación por parte del Consejo de Facultad.
11 Demandar actividades académicas. Directores de Programa - Directores de Departamento De acuerdo con la concertación y aprobación de las labores académicas, se analiza en el SIA la demanda de las actividades académicas realizadas por los programas académicos que tienen relación con los objetos de estudio de los Departamentos y crea los grupos para ofertarlos, según los cupos mínimos y máximos establecidos en las normas institucionales.

Tiempo: Según Instructivo para demandar actividades académicas.
12 Evaluar el currículo del programa. Director de programa - Comité de Currículo La evaluación del plan curricular del programa contará con la participación del director del programa y del Comité de Currículo y tomará con insumos las recomendaciones de los docentes que orientan las actividades académicas, la evaluación de las actividades académicas por parte de los estudiantes, análisis y validaciones del Comité de currículo y los análisis de los resultados del examen de calidad de la educación superior.

Tiempo: permanente.
13 Formular planes de mejoramiento de los programas. Director de programa A partir de las autoevaluaciones de cada programa, las observaciones realizadas por pares externos, las recomendaciones incluidas en las Resoluciones del Ministerio de Educación Nacional y las indicaciones de los Comités de Currículo, se elaboran los planes de mejoramiento de los programas.

En formato establecido para ellos por parte de la Oficina de Evaluación y Calidad Académica y la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas, el director o coordinador de cada programa construye su plan de mejoramiento, diligenciando la información respectiva. De acuerdo con lo establecido por parte del Consejo Académico, el director o coordinador de programa lo socializa con la Oficina de Evaluación y Calidad Académica o la Oficina de Postgrados (según sea el caso), para su revisión conjunta y ajustes (cuando apliquen).

Tiempo: según los tiempos establecidos en el Acuerdo del Consejo Académico.

Registro(Planes de Mejoramiento de los Programas)
14 Seguimiento a planes de mejoramiento de los programas. Director de programa - Oficina de Evaluación y Calidad Académica Se evalúa el cumplimiento de las actividades durante los dos últimos meses de cada año. Esta actividad es desarrollada por el director o coordinador de cada programa, la Oficina de Evaluación y Calidad Académica o la Oficina de Postgrados (según sea el caso).

Tiempo: Últimos dos meses de cada año.
15 Fin    

REGISTROS DEL DOCUMENTO
Nombre del Registro Resp. Almacena. Cod.Registro SIG Serie Archivo
Calendario académico
VICE-RECTORIA ACADEMICA
--
Formato para la creación y modificación de actividades academicas.
FACULTADES
R-2680-P-DC-774-
Labor registrada en el SIA.
SEGUN DEPENDENCIA PRODUCTORA
-ASUNTO
Planes de Mejoramiento de los Programas
VICE-RECTORIA ACADEMICA
--
Política Curricular
VICE-RECTORIA ACADEMICA
--
Programa Académico.
PROGRAMAS
-H-OAC-037.2
Programas institucionales de actividad académica - PIAA
PROGRAMAS
--

NORMATIVIDAD Y DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Normatividad Interna
NúmeroAñoDescripciónConsultar
51 2021POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL DESARROLLO DE PROCESOS DE AUTOEVALUACIÃN PERIÃDICA Y LA FORMULACIÃN, IMPLEMENTACIÃN Y SEGUIMIENTO A LOS PLANES DE MEJORAMIENTO DE LOS PROGRAMAS ACADÃMICOS.
33 2019POR EL CUAL SE REGULAN LOS COMITES DE CURRICULO DE PREGRADO Y POSGRADO Y SE DEROGA EL ACUERDO NRO. 03 DEL 2008.
49-1 2007POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL ACUERDO 016 DEL CONSEJO SUPERIOR -REGLAMENTO ESTUDIANTIL PARA LOS ESTUDIANTES DE LOS PROGRAMAS ACADEMICOS DE PREGRADO Y POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS - ACTUALIZADO-
016-1 2007POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL PARA LOS ESTUDIANTES DE LOS PROGRAMAS ACADEMICOS DE PREGRADO Y DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS. -ACTUALIZADO
29-1 2008POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA POLITICA CURRICULAR INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS - ACTUALIZADO-


ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
PROFESIONAL ESPECIALIZADO - OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS JEFE DE OFICINA - OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS VICERRECTOR DE UNIVERSIDAD - DEPARTAMENTO DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

HISTORIAL DE CAMBIOS
VERSIÓN
ORIGEN DE LOS CAMBIOS
FECHA
7Se ajustan las descripciones de los responsables y las actividades 9 y 10 del flujograma.2022-11-30
6Se ajusta el objetivo del procedimiento.

Se ajustan las responsabilidades.

Se ajustan las definiciones.

Se modifica el paso 4 del flujograma.

Se incluye un paso 5, relacionado con la modificación de programas académicos.

Se ajusta el paso 10 con respecto a los responsables y las actividades.


Se ajusta el texto del paso 8.


Se modifica el registro en el paso 6.



2022-05-04
5Ajuste en el texto de la parte informativa.

Se actualiza a versión 2 el formato de PIAA, incluyendo un apartado sobre resultados de aprendizaje.
2021-09-21
4Se Ingresan los siguientes acuerdos del Consejo Superior: Acuerdo No. 33 del 8 de Noviembre de 2019 y Acuerdo 016 de 2007.2020-07-13
3Modernización de la imagen del SIG.2019-10-21
2Se realiza ingreso de formato en el paso 8.
Se ingresa en el paso 8 formato para creación y modificación de actividades academicas.
2018-01-26
1Versión inicial2017-10-20


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