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PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN VIRTUAL |
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PROCESO | DOCENCIA |
OBJETIVO |
Establecer el procedimiento para Implementar la educación virtual en la Universidad de Caldas, a través de las condiciones de calidad para el desarrollo de la docencia, investigación y proyección, con el fin de incorporar los procesos y procedimientos que ameriten las modalidades presencial, virtual, a distancia y otras de acuerdo con el desarrollo del conocimiento. |
ALCANCE |
Comprende desde la identificación de las necesidades de educación virtual, su implementación, hasta el desarrollo de actividades virtuales en docencia, investigación y proyección en la Universidad de Caldas. |
RESPONSABLES | ||||||||||||||||||||
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DEFINICIONES Y TÉRMINOS | ||||||||||||||||||||||
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POLÍTICAS Y CONDICIONES DE OPERACIÓN |
La educación virtual de la Universidad de Caldas, se sustenta en la Política Curricular de la Universidad de Caldas (Acuerdo No. 029 de 2008 del Consejo Académico) y en la Política de Educación Virtual (Acuerdo No. 047 de 2021 del Consejo Superior), en los cuales se precisa la importancia del desarrollo de los programas académicos y actividades de educación virtual. Adicionalmente las condiciones de operación también abarcan la oferta de programas en otras modalidades que integren para su desarrollo el uso de TIC, según lo expresado en el Acuerdo No. 016 de 2022 del Consejo Académico.
Para la implementación de los procesos, procedimientos y actividades para la educación virtual en la Universidad, se trabajará de acuerdo con 5 principios rectores: Formación integral, transformación digital, gestión de la educación digital, impacto regional y apropiación social del conocimiento.
En el artículo 7 de la Política de Educación Virtual de la Universidad de Caldas, se hace énfasis en la necesidad de garantizar la operatividad de las dimensiones organizacional, pedagógica, comunicativa y tecnológica. A su vez la dimensión organizacional, según el Artículo 27 de la misma Política, se desarrollará a través del Comité Central de Educación Virtual estará integrado por: a. Vicerrector Académico o su delegado, quien lo presidirá. b. Vicerrector de Investigaciones y Posgrados o su delegado. c. Vicerrector de Proyección Universitaria o su delegado. d. Los decanos (6) o el Enlace definido por cada Facultad (representante designado desde cada facultad como enlace en temas de educación virtual). e. Un Representante estudiantil ante el Consejo Académico f. Un representante del estamento profesoral ante el Consejo Académico g. Un representante de egresados ante el Consejo Académico h. Director o delegado del departamento de Estudios Educativos i. El Jefe de la Oficina de Educación a Distancia y Virtualidad adscrita a la Vicerrectoría Académica, quien ejercerá la secretaría técnica de este comité. j. Jefe de la Oficina de Planeación y Sistemas. k. Coordinador de la Mesa UCaldas Virtual. Las funciones para el Comité Central de Educación Virtual se encuentran establecidas en el Artículo 28 de la Política. Respecto en el Artículo 29, la Mesa UCaldas Virtual, estará integrada por:
a. Un coordinador de tiempo completo designado en funciones por el Rector. b. El Jefe de la Oficina de Educación a Distancia y Virtualidad. c. Un profesor de enlace de cada Facultad, designado por los decanos y con una descarga en docencia directa definida en el Consejo de Facultad de acuerdo con el plan de trabajo de entre 1 y 4 horas semanales. Cuando el profesor enlace tenga vinculación como docente ocasional deberá incluirse esta condición como causal de descarga en docencia directa en el Acuerdo que, para el efecto, expida el Consejo Superior. d. Director o su delegado del Centro de Bibliotecas de la Universidad de Caldas e. Director o profesor delegado del Departamento de Estudios Educativos f. Director o su delegado de Telesalud g. Director o su delegado de Centro Transmedia h. Director o su delegado del Departamento de Sistemas e Informática i. Coordinador del Equipo de Trabajo de oficina de Sistemas
El Artículo 30 contiene las funciones para la Mesa UCaldas Virtual.
El trabajo operativo se soporta con el EQUIPO DE TRABAJO UCALDAS VIRTUAL (Artículo 31): a. Un coordinador del Equipo de Trabajo UCaldas Virtual b. Un profesional en las áreas de diseño o producción de contenidos digitales c. Dos ingenieros de sistemas, o ingenieros informáticos o afines. d. Un técnico administrativo e. Un docente integrador con enfoque Docencia - Tecnológico de la plataforma. f. Un docente asesor pedagógico y didáctico en gestión de contenidos digitales g. Estudiantes de apoyo vinculados por proyectos específicos, de acuerdo a las necesidades.
Las funciones se reglamentan en el Artículo 32.
La Mesa UCaldas Virtual, con el apoyo de la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados, promoverán la realización de investigaciones con los problemas y retos contemporáneos de la educación virtual en el contexto inteno y externo.
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DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | |||||
No. | Actividad | Responsable | Descripción | ||
1 | Inicio | ||||
2 | Identificar las necesidades y oportunidades de oferta académica en educación virtual, incluyendo las integraciones que ameriten los programas en modalidades presencial, virtual, a distancia y otras de acuerdo con el desarrollo del conocimiento. | Vicerrectorías, Comité Central de Educación Virtual, Facultades y Departamentos |
Se realiza la identificación de la oferta académica en educación virtual o mediada por TIC, con potencial de implementación.
Tiempo: Permanente. |
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3 | Gestionar alianzas estratégicas para el desarrollo de la educación virtual o mediada por TIC. | Comité Central de Educación Virtual/ Mesa UCaldas Virtual |
De conformidad con lo establecido en las funciones del Comité Central de Educación Virtual, se delega a la coordinación de la Mesa UCaldas Virtual para gestionar los convenios y alianzas estratégicas a nivel interno y externo con las instituciones de educación media y superior de carácter público y privado, las entidades gubernamentales y los diferentes sectores, para la cooperación y optimización de las condiciones para el funcionamiento y desarrollo de los programas en educación virtual y aquellos que se desarrollen a través del uso de mediaciones TIC, con criterios de pertinencia y calidad.
Tiempo: Permanente. |
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4 | Gestionar y administrar recursos para el desarrollo de la educación virtual o mediada por TIC. | Vicerrectoría Administrativa Comité Central de Educación Virtual |
La Vicerrectoría Administrativa será la encargada de realizar la gestión de los recursos necesarios para el funcionamiento operativo de las dimensiones organizacional, pedagógica, comunicativa y tecnológica en educación virtual.
Tiempo: Permanente. |
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5 | Disponer e implementar la infraestructura de comunicaciones y tecnologías necesarias para la educación virtual o mediada por TIC. | Oficina Asesora de Planeación y Sistemas - Comité Central de Educación Virtual - Mesa UCaldas Virtual - Equipo de Trabajo UCaldas Virtual. |
El Comité Central de Educación Virtual solicita a la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas la provisión de los elementos necesarios (hardware y software) para el desarrollo de los recursos digitales visuales, además de los necesarios para garantizar la conectividad y acceso a internet, a través de una infraestructura tecnológica y digital adecuada.
Tiempo: Permanente. |
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6 | Desarrollar la capacitación de los actores en el proceso de educación virtual o mediada por TIC. | Vicerrectoría Académica - Oficina de Desarrollo docente - Mesa UCaldas Virtual |
Se coordina la realización de las capacitaciones necesarias para los actores de la Universidad de Caldas, en los temas que se requiera para el desarrollo de la educación virtual o mediada por TIC.
Tiempo Permanente. |
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7 | Proponer la creación de programas y/o actividades académicas de educación virtual o con apoyo de TIC. | Facultades - Departamentos - Mesa UCaldas Virtual - Oficina de Evaluación y Calidad Académica |
Se identifican las necesidades y oportunidades para crear o ajustar programas y actividades académicas y se establecen las condiciones mínimas de calidad para la creación y apertura de programas en modalidad virtual o en otras modalidades que incorporen el uso de mediaciones TIC, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la institución y por el Ministerio de Educación Nacional.
Tiempo: Permanente. |
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8 | Desarrollar las etapas organizacional, pedagógica, comunicativa y tecnológica en la estructura de los cursos o módulos que integren la educación virtual en la Universidad de Caldas | Facultades - Departamentos - Programas - Mesa UCaldas Virtual - Equipo de Trabajo UCaldas Virtual |
Se diligencia la guía para el desarrollo de la Ruta Académica Virtual, establecida en la Política de Educación Virtual.
Tiempo Permanente |
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9 | Desarrollar procesos de promoción de los programas y actividades virtuales de la universidad | Vicerrectorías - Unidad de Servicios y Mercadeo - Directores Programa |
Conjuntamente con las Vicerrectorías, se desarrollan las estrategias para promocionar y difundir los programas y actividades de educación virtual, con el apoyo de la Unidad de Servicios y Mercadeo y los Directores de programas designados.
Tiempo: Permanente |
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10 | Implementar procesos de mejora de la calidad académica de los programas y actividades que integren la educación virtual. | Vicerrectorías - Oficina de Evaluación y Calidad Académica - Comité Central de Educación Virtual - Mesa UCaldas Virtual |
En conjunto con la Oficina de Evaluación y Calidad Académica, se desarrollan procesos orientados a cualificar la oferta de los programas y/o actividades académicas con educación virtual.
Asimismo, se promueven procesos de autoevaluación con fines de renovación de registros calificados y posibles procesos de acreditación de alta calidad. Tiempo: Permanente |
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11 | Fin |
ELABORÓ | REVISÓ | APROBÓ |
VICERRECTOR DE UNIVERSIDAD - VICERRECTORÍA ACADÉMICA | JEFE DE OFICINA - OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS | VICERRECTOR DE UNIVERSIDAD - VICERRECTORÍA ACADÉMICA |
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